El 75% de los contratos de compra de viviendas libres tienen cláusulas abusivas

  • Según un informe de la Unión de Consumidores de España.
  • La media anual de reclamaciones por estas claúsulas asciende a las 1.500.
  • Considera que existe una "desproporción" entre los derechos del vendedor respecto al comprador.
El cartel de "se vende", en el balcón de una vivienda de Madrid.
El cartel de "se vende", en el balcón de una vivienda de Madrid.
JORGE PARÍS
El cartel de "se vende", en el balcón de una vivienda de Madrid.

Alrededor del 75% de los contratos de compraventa de vivienda libre incluyen cláusulas abusivas, como por ejemplo la imposición al comprador de subrogarse a la hipoteca del inmueble en venta o la penalización por no hacerlo, según ha denunciado la Unión de Consumidores de España.

En una rueda de prensa conjunta, el presidente de la Unión de Consumidores de España (UCE), José Ángel Oliván, y el secretario general de la organización en Galicia, Miguel López, han presentado este miércoles un informe con un análisis de las condiciones contractuales en la compraventa de vivienda, además de una guía de derechos de acceso a la vivienda y de cláusulas abusivas, y tres modelos de contrato.

Según los datos de la UCE, la media anual de reclamaciones relacionadas con cláusulas abusivas en la vivienda recibidas en la organización ronda las 1.500, y es especialmente relevante, tanto por la frecuencia en su uso como por las cantidades económicas asociadas, la que impone al comprador subrogarse a la hipoteca del inmueble en venta o la penalización por no acogerse a la misma.

Esta cláusula que legalmente el vendedor no está obligado a acatar impone al consumidor unas condiciones de plazos y tipos de interés por la hipoteca no negociados por éste y asimismo eleva las cargas que tiene que soportar en el caso de que posteriormente decida acogerse a otra hipoteca.

Más derechos para el vendedor

Asimismo, según la UCE, existen otras cláusulas abusivas en términos de "desproporción" entre los derechos y obligaciones del vendedor respecto al comprador, y que repercuten desfavorablemente al usuario.

Por ejemplo, pérdidas de cantidades a cuenta, retrasos "impuestos" al comprador en relación con la entrega del inmueble o cambios decididos por el vendedor en las condiciones inicialmente fijadas para la vivienda sin indemnización al usuario.

Los responsables de la UCE animan al consumidor a reclamar y en su caso denunciar todas estas situaciones abusivas, sin miedo a reclamar lo que le corresponde, y a exigir que se le compense por los daños sufridos.

Según el presidente de la UCE, "tenemos la responsabilidad social de denunciar y presionar a las administraciones para que las denuncias deriven en beneficios para los denunciantes, y no tengan que acudir finalmente a los tribunales" para que se les indemnice por los perjuicios padecidos.

Antes de comprar una vivienda, la UCE aconseja a los usuarios que se informen y se asesoren detalladamente incluso previo pago a un especialista independiente si es preciso.

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