Google despedirá a los empleados que no reciban la vacuna de la COVID, ¿pueden hacer esto las empresas españolas?

La vacunación infantil arranca el miércoles en 25 hospitales públicos con los niños de 9 a 11 años
Google ha dicho a sus empleados en un comunicado que deben cumplir con las políticas de vacunas o se enfrentarán a perder el salario y luego perder su trabajo.
20M EP
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Las cosas empiezan a ponerse serias con respecto a tomar medidas de prevención frente a la COVID-19. Mediante un comunicado distribuido por la cúpula de la compañía, Google ha informado a sus empleados de que podrían quedarse sin sueldo y sin empleo si no cumplen con la política de vacunación de la empresa, según documentos internos vistos por CNBC.

El gigante tecnológico advertía a sus trabajadores que tienen hasta el 3 de diciembre para presentar a la compañía su estado de vacunación, mostrando documentación que pruebe que se han puesto el tratamiento -o bien solicitar una exención médica o religiosa-. Tras dicha fecha, comenzarán a contactar a los empleados que no hayan actualizado su información médica o cuyas solicitudes de exención no hayan sido aprobadas.

Google dará a sus empleados un margen de un mes y medio más, hasta el 18 de enero, para recibir la vacuna y aportar los documentos. Si tampoco cumplen con este plazo se les dará una “licencia administrativa pagada” durante 30 días. Después de eso, la empresa los pondrá en “licencia personal no remunerada” hasta por seis meses, seguida de la rescisión.

Es decir: Google despedirá a los empleados que no reciban la vacuna de la COVID-19. Los trabajadores que no hayan aportado la documentación sobre su vacunación a partir del 18 de enero mantendrán su sueldo, pero no podrán trabajar. 30 días después perderán el salario y seis meses después su puesto de trabajo.

Un portavoz de la compañía ha dicho en un comunicado, transmitido por CNBC, que estos requisitos de vacunación son “una de las formas más importantes” en que pueden mantener a su fuerza laboral “segura” y sus servicios “en funcionamiento”.

¿Es obligatorio en Estados Unidos informar de tu estado de vacunación a tu empresa?

La Administración de Biden ordenó a las empresas estadounidenses con 100 o más trabajadores que se aseguren de que sus empleados estén completamente vacunados o se sometan a pruebas periódicas para detectar COVID-19 antes del 18 de enero. Sin embargo, un tribunal federal emitió una suspensión de la orden a principios de noviembre.

A pesar de esto, Google ha mantenido el protocolo inicial y ha pedido a sus más de 150.000 empleados en el país norteamericano que aporten documentación sobre su estado de vacunación, siguiendo la orden ejecutiva del presidente Biden.

Esta decisión se podría explicar por la exigencia de presencialidad laboral que ha establecido Google: mientras que muchas empresas tecnológicas todavía siguen sin delimitar planes claros de regreso a las oficinas, los de Mountain View quieren terminar más pronto que tarde con el teletrabajo total y plantean una modalidad mixta en la que los empleados deberán ir a su centro de trabajo de forma física al menos tres días. Esto se hará efectivo “en algún momento del nuevo año”, según CNBC, de ahí ‘las prisas’ con el tema de la vacunación.

Cualquier persona que ingrese a un edificio de Google debe estar completamente vacunada o tener un documento aprobado que le permita trabajar o venir al lugar”, afirma la compañía. El plan, según anunció en julio el CEO, Sundar Pichai, era reabrir las oficinas en enero, pero la nueva ola de contagios impulsada por la variante ómicron ha frenado la orden inicial de la compañía.

¿Qué dice la ley en España?

En nuestro país vacunarse es recomendable e importante, pero la legislación no dicta que sea obligatorio, ya que prima la voluntad de las personas para recibir o no el tratamiento. El hecho de que la normativa española afirme esto implica que las empresas no podrán exigir a sus empleados que aporten pruebas o certificados de vacunación, y mucho menos suspenderles de empleo y/o sueldo.

Igualmente, negarse a recibir la tercera dosis de la vacuna en caso de que te hayas puesto las dos primeras tampoco puede tener consecuencias en el terreno laboral -incluso si perteneces a un colectivo más expuesto al virus, como puede ser el personal sanitario-.

Según dicta la ley en España, en todo caso lo único que podría hacer la empresa es preguntar a un trabajador si está o no vacunado, de manera que la compañía pueda organizar su plan de prevención de riesgos laborales y garantizar la seguridad en sus oficinas. No obstante, una vez más, las normas de respeto a la privacidad individual protegen al empleado, el cual podrá negarse a responder a la pregunta sin que esto suponga consecuencias.

Eso sí: la empresa podrá requerir a su plantilla la realización de pruebas -o bien la presentación de resultados acreditados-, que obviamente deberán dar negativo si el empleado tiene que trabajar de forma presencial en la oficina. Estos tests deberán costearse por parte de la compañía o ser reembolsados si los ha pagado el trabajador.

Sin embargo, la decisión de no querer vacunarse no puede servir de excusa para ‘mandar a Siberia’ al empleado. Es decir: que la empresa no podrá obligarte a teletrabajar si no quieres ponerte el pinchazo, ya que supondría una discriminación.

Puede que la única excepción legal -o semilegal, según se mire- sea para aquellos empleados cuyo trabajo exija viajar de forma internacional, ya que debe cumplir con los protocolos anticovid de cada país. Por lo tanto, si un trabajador tiene problemas de manera sistemática por no estar vacunado, por ejemplo, que tenga que cumplir cuarentena en el destino, la empresa sí podría imponer medidas disciplinarias.

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