Absuelven al alcalde de Benamargosa acusado de construirse una casa ilegal

El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha absuelto al actual alcalde de la localidad malagueña de Benamargosa, José Gallego, que había sido acusado por la Fiscalía de un delito contra la ordenación del territorio, por construirse una casa presuntamente ilegal. Asimismo, han sido absueltos las otras tres personas acusadas en esta causa.

El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha absuelto al actual alcalde de la localidad malagueña de Benamargosa, José Gallego, que había sido acusado por la Fiscalía de un delito contra la ordenación del territorio, por construirse una casa presuntamente ilegal. Asimismo, han sido absueltos las otras tres personas acusadas en esta causa.

La Fiscalía acusó a Gallego porque cuando no era alcalde llevó a cabo las obras de una vivienda de dos plantas y piscina "sin contar con licencia municipal" y en suelo no urbanizable, según el Plan Especial de Protección del Medio Físico, "con protección cautelar, complejo serrano de interés ambiental", aunque la entrada en vigor de dicho plan no fue hasta 2007, fecha posterior a los hechos.

No obstante, el fiscal señaló en su escrito provisional que en todo caso la clasificación de la parcela debe ser considerada como la de no urbanizable común, "al carecer el municipio de normas de planeamiento" y conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria séptima de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía. Los otros tres acusados eran el arquitecto y dos ediles en ese momento.

El juez señala en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que de la prueba practicada en la vista oral, que finalmente se celebró el 25 de enero, "no es posible concluir con la certeza necesaria y suficiente, que exige la presunción de inocencia que ampara a los acusados, la existencia de una evidente contravención de la normativa urbanística".

Se indica que en el juicio se puso de manifiesto "la importante confusión existente en torno a la normativa urbanística aplicable" en este caso, "dificultando incluso la determinación de la clasificación del suelo sobre el que finalmente se materializó la edificación". Se añade que "la falta de suficiente previsión normativa urbanística no puede determinar una aplicación de unas normas penales en blanco".

Se afirma que sólo se puede concluir que Gallego pidió en julio de 2001 una licencia para la reforma de una vivienda en ruina existente en la parcela de su propiedad, obra que realizó "pese a no haberle sido concedida la licencia solicitada, la cual fue finalmente otorgada", tras haber informado favorablemente el arquitecto y votada a favor por dos concejales —todos ellos acusados—.

Gallego, que se presentará a las próximas elecciones municipales en las filas del PP, declaró en el juicio que compró la finca en 1998 o 1999 para sembrar mangos, aunque generalmente alquila la casa. Defendió que las ruinas tenían muros y arranques y aseguró que en 2001 hizo la casa con un proyecto básico que entregó en el Ayuntamiento y que le dieron inicialmente una "licencia verbal".

El juez insiste en la "disparidad interpretativa en cuanto a la normativa urbanística aplicable" en este caso y señala que en el caso de la construcción "no podemos concluir con suficiente certeza que la edificación levantada no pueda ser o llegar a ser autorizable, al menos en parte", por lo que absuelve al actual alcalde y a los otros acusados aplicando el principio in dubio pro reo.

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