El PP dice que la denegación de repetir el pleno del Ayuntamiento de Cuenca es "una más al debe" de Ávila

El portavoz del Grupo Popular, Miguel Ángel Monserrat, se ha mostrado "satisfecho" por el auto que deniega la ejecución de la sentencia que obligaba al Ayuntamiento a repetir un pleno de marzo de 2010.
Monserrat Durante La Rueda De Prensa Que Ofreció Hoy
Monserrat Durante La Rueda De Prensa Que Ofreció Hoy
AYTO CUENCA/EP
Monserrat Durante La Rueda De Prensa Que Ofreció Hoy

El portavoz del Grupo Popular, Miguel Ángel Monserrat, se ha mostrado "satisfecho" por el auto que deniega la ejecución de la sentencia que obligaba al Ayuntamiento a repetir un pleno de marzo de 2010.

Esto supone, ha dicho, "una más al debe" del candidato socialista a la Alcaldía, Juan Ávila, que "se ha dedicado exclusivamente a interponer recursos y querellas sabiendo que son faltas simplemente por lo que llevamos diciendo mucho tiempo: difama que algo queda".

"Estamos convencidos que los vecinos de Cuenca le van a dar la respuesta que se merece a aquellos que intentan utilizar la justicia para difamar a aquellos que están trabajando por los conquenses", ha informado el Ayuntamiento en nota de prensa.

De esta forma se ha referido a la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca, que ha denegado la ejecución de la sentencia que obligaba al Ayuntamiento a repetir el pleno extraordinario que se celebró en el mes de marzo de 2010, convocado a instancias del Grupo Municipal Socialista y en el que se impidió votar a los concejales. El equipo de Gobierno de Cuenca recurrió el pasado mes de octubre la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, establece que a pesar de que un auto del mismo juzgado conquense —dictado en febrero— instaba a ejecutar de forma provisional la sentencia, esta ejecución no debe llevarse a cabo porque "es susceptible de producir situaciones irreversibles o perjuicios de imposible reparación".

El último auto, con fecha dos de marzo, reconoce que este tipo de sentencias pueden ejecutarse de manera provisional, de forma independiente al dictamen del Tribunal Superior de Justicia, pero en este caso "la realización del pleno, más allá de lo que pueda resultar del mismo, puede producir unas consecuencias".

En este sentido indica que en caso de que el Tribunal Superior de Justicia revoque la sentencia del Juzgado conquense "sería difícil revertir dichas consecuencias, con los perjuicios que ello acarrearía". El auto afirma que tampoco se ha demostrado la urgencia de la convocatoria inmediata de este pleno.

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