Un hombre cumplirá año y medio de cárcel por atropellar mortalmente a otro que cruzaba por un paso de cebra

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a cumplir una pena de un año y medio de prisión por atropellar mortalmente a otro que cruzaba correctamente por un paso de peatones. El conductor superaba el límite de velocidad, y se encontraba en una zona "despejada" y con señalización "suficientemente explícita".

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a cumplir una pena de un año y medio de prisión por atropellar mortalmente a otro que cruzaba correctamente por un paso de peatones. El conductor superaba el límite de velocidad, y se encontraba en una zona "despejada" y con señalización "suficientemente explícita".

El incidente se produjo el 19 de agosto de 2008, sobre las 8.30 horas, en el cruce de la calle Sor Gregoria con Camino de Gandía, en dirección al municipio valenciano de Quatretonda. El conductor atropelló a otro hombre que cruzaba correctamente la vía principal por un paso de peatones debidamente señalizado.

En concreto, el accidente se produjo en el interior de una población, en tramo recto, con velocidad limitada a 40 km/hora, en una zona despejada y con señalización suficientemente explícita, poco después de traspasar la señalización horizontal constituida por las líneas blancas del paso de peatones.

El conductor dejó una huella de 15 metros de frenada, que se inició con anterioridad al paso de cebra, lo que permite concluir que la velocidad superaba "notoriamente" a la limitada, "pues de otro modo difícilmente puede explicarse la muerte fulminante del peatón como consecuencia del impacto", contiene la resolución.

Como consecuencia de la colisión, que se produjo en la parte frontal del vehículo —en el parabrisas—, la víctima sufrió lesiones, erosiones múltiples en ambos miembros superiores e inferiores así como una herida contusa en la región frontal, las cuales le provocaron la muerte instantánea por hemorragia cerebral traumática.

La titular del juzgado de lo Penal número 15 de Valencia condenó al conductor como autor responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave a la pena de un año y seis meses de prisión, y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años.

Contra esta sentencia, el letrado del hombre presentó un recurso de apelación en la Audiencia de Valencia al considerar que se produjo un quebrantamiento de normas y garantías procesales, un error en la apreciación de la prueba y una infracción de diversos preceptos legales. Así, suplicó la absolución de su cliente o subsidiariamente la reducción de la pena al grado mínimo o la consideración de su imprudencia como de carácter leve.

El tribunal, tras estudiar este recurso, ha decidido desestimarlo por no advertir error, contradicción u omisión que justificase la modificación de la calificación efectuada por la juzgadora de Instancia. De esta manera, ha confirmado íntegramente la resolución y la pena impuesta.

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