La Audiencia condena a penas de 18 y 17 años de cárcel a los tres acusados del crimen de Mataporquera

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a los tres acusados del crimen de Mataporquera por un delito de asesinato a penas que oscilan entre 18 años de cárcel para Érica A.M., ex compañera sentimental de la víctima y madre de su hijo, y los 17 años y seis meses para Jorge B.C. y Valentín F.F.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a los tres acusados del crimen de Mataporquera por un delito de asesinato a penas que oscilan entre 18 años de cárcel para Érica A.M., ex compañera sentimental de la víctima y madre de su hijo, y los 17 años y seis meses para Jorge B.C. y Valentín F.F.

Además, la sentencia, dictada el pasado 31 de enero por la Sección Tercera de la Audiencia y que se ha dado a conocer hoy, obliga a los acusados a indemnizar con 120.000 euros al hijo de cinco años que tenían en común el fallecido, Valentín F.F., y la acusada, y con otros 43.000 al otro hijo menor que éste tenía de una relación anterior.

También deberán indemnizar con 8.000 euros a cada uno a los padres del fallecido, que tenía la custodia del hijo que había tenido con la imputada. Además, no podrán acercarse a los progenitores ni a los hermanos de la víctima por un plazo de 19 años.

Sin embargo, la sentencia no asume la petición del Ministerio Fiscal y la acusación particular de que se inhabilitara a la acusada el ejercicio de la patria potestad sobre su hijo, y de que no se le dejara aproximarse al mismo a una distancia superior a 500 metros, ni comunicarse con él por cualquier medio durante un tiempo de más de cinco años al de la pena de prisión.

En el caso de la patria potestad, la Audiencia señala que no son de aplicación los dos artículos del Código Penal en los que se basa tal petición, ya que uno de ellos sólo puede aplicarse cuando las penas de prisión sean inferiores a 10 años.

En el caso del otro, considera que no ha quedado "acreditado mínimamente" el incumplimiento por parte de la madre de los deberes inherentes a la patria potestad, es decir tener al hijo "en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurar una formación integral".

Por lo demás, la sentencia se fundamenta en las decisiones del tribunal del jurado que, en el juicio por el asesinato de Valentín F.F., de 33 años, que tuvo lugar en mayo de 2009 y se celebró el pasado mes de enero, declaró culpables de asesinato a los tres acusados, que se encuentran en prisión por estos hechos desde entonces.

En el caso de Erica, el jurado consideró probada por unanimidad su implicación en el asesinato, y por mayoría la de Jorge, que estaba con ella en el portal donde Valentín fue apuñalado, y José Manuel, conductor del coche en que los tres se desplazaron desde León —donde vívía ella tras separarse de la víctima— hasta Mataporquera.

El jurado declaró probado por unanimidad que los tres estuvieron el día antes de los hechos con el coche en las inmediaciones del domicilio de Valentín. El 15 de mayo, volvieron de nuevo a Mataporquera sobre las 22.00 horas, aparcaron en la calle contigua y, mientras Ángel esperaba en su interior, Erica y Jorge entraron el portal.

Cuando llegó Valentín, le atacaron de modo inesperado y repentino. En concreto, Jorge se encargó de inmovilizarlo y Erica le apuñaló con el cuchillo que llevaba en repetidas ocasiones, huyendo los dos seguidamente en el coche en el que les esperaba el otro acusado, en dirección a León, según el jurado.

La víctima sufrió heridas que afectaron a órganos vitales, una de ellas al corazón, y que provocaron su muerte por 'shock' hipovolémico sobre las 22.45 horas.

La sentencia corrobora la autoría de los acusados y el delito de asesinato, al existir alevosía, tal y como estimó el jurado, así como que la acusada fue plenamente consciente de su acción y no presentaba trastornos de la personalidad, como tampoco Jorge B.C.

A Erika A.M. le impone 18 años de prisión por la agravante de parentesco con la víctima, y a los otros dos acusados 17 y seis meses por no existir dicho agravante.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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