La Fiscalía presenta el recurso contra la sentencia absolutoria por el crimen de Sober (Lugo)

Pretende que se declare nulo el veredicto y se constituya un nuevo jurado para la celebración de un segundo juicio

El fiscal jefe de Lugo, Javier Rey Ozores, ha presentado el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial luguesa tras absolver un jurado popular al procesado por matar a una prostituta en Sober (Lugo) en septiembre de 2007, José Carnero, en el que alega "insuficiencia de la motivación del veredicto".

Según ha confirmado a Europa Press el fiscal jefe, el pasado día 9 de febrero presentó en la Audiencia Provincial de Lugo el recurso, para ser remitido a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

En su exposición de motivos inicial, el recurso de apelación señala que "el objeto concreto es la vulneración de la tutela judicial efectiva por quebrantamiento de las normas de deliberación y votación del jurado" por, según destaca la Fiscalía, "insuficiencia de la motivación del veredicto".

"La pretensión es la revocación de la sentencia, con declaración de nulidad del veredicto por insuficiencia de motivación y la constitución de un nuevo jurado para la celebración de un segundo juicio", expone el recurso de la Fiscalía.

La Fiscalía de Galicia considera que si el recurso prospera y se declara el veredicto del jurado como "insuficientemente motivado", habría que repetir el juicio. En caso contrario, cabría recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia será defendido por uno de los tres fiscales de la Fiscalía Superior de Galicia. SENTENCIA

El presidente del Tribunal de la Audiencia Provincial de Lugo que emitió la sentencia, el magistrado Edgar Amando Fernández Cloos, señaló en ésta que "el veredicto de inculpabilidad está, de por sí mismo, suficientemente motivado pese a lo exiguo de la justificación que adujo el jurado".

"Consiguientemente, ha de dictarse la presente sentencia absolutoria al margen de cualquier otra valoración que íntimamente se pueda albergar al respecto de la realidad de lo acaecido", añadía.

En concreto, el jurado sólo dio por probado por unanimidad que el 14 de septiembre de 2007 el acusado se desplazó en su coche desde Sober a Ourense para recoger a la víctima en el club Tosca, el local de alterne en el que trabajaba, y la trasladó a su domicilio en el citado municipio lucense, donde mantuvo relaciones sexuales con ella.

Tras ser absuelto, el procesado reconoció en entrevistas en medios de comunicación que había matado a la mujer. Además del recurso de la Fiscalía, la abogada que representa a la madre de la fallecida también presentó otro contra la sentencia absolutoria.

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