Condenan a un hombre por maltratar a la que era su pareja y lo absuelven de agresión sexual

La Audiencia de Málaga ha condenado a un año de prisión a un hombre por maltratar a la que era su pareja sentimental en una pelea en el domicilio familiar, aunque le absuelve de otro episodio de malos tratos y de un delito de violación por los que también se le acusaba. Sí se le impone la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante tres años.

La Audiencia de Málaga ha condenado a un año de prisión a un hombre por maltratar a la que era su pareja sentimental en una pelea en el domicilio familiar, aunque le absuelve de otro episodio de malos tratos y de un delito de violación por los que también se le acusaba. Sí se le impone la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante tres años.

Según se declara probado en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado, natural de Paraguay, mantenía en 2008 una relación similar a la matrimonial con la víctima, que inicialmente fue procesada también por una presunta agresión al hombre aunque el fiscal retiró la acusación. Un día de septiembre de ese año, el acusado "golpeó" a la mujer causándole lesiones en el labio y cuello.

No obstante, la Sala considera que no se ha acreditado que en octubre del mismo año el hombre la agarrara por el cuello y la violara, para luego pincharle con un destornillador en el brazo, por lo que se le absuelve. La mujer fue acusada por presuntamente darle después un puñetazo y amenazarle, intentando agredirle con unos alicates y un destornillador, según señala la resolución.

Asimismo, tampoco ha quedado acreditado para el Tribunal de forma fehaciente que previamente, en agosto de 2008, en otro domicilio familiar, también de la capital malagueña, el acusado la golpeara, causándole lesiones leves y llegara a coger un cuchillo con la intención de clavárselo o intentar tirarla por la ventana, por lo que se le absuelve por estos hechos.

La Sala argumenta la absolución en uno de los hechos en que la mujer no presentó denuncia por éste y respecto a otro en las dudas que le genera la forma en que se produjeron esas leves lesiones que presentaba la acusada, "sin poder descartar que las mismas se las autoinflingiera con el destornillador mientras que alterada destruía ropa del acusado".

Respecto a la supuesta agresión sexual de la que se le acusaba, se indica que las pruebas periciales aportadas "no son concluyentes" en este aspecto y "ni tan siquiera presentaba rastro de forzamiento alguno", por lo que se le absuelve de este delito, por el que el ministerio fiscal solicitaba que se le impusiera una pena de nueve años de prisión.

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