Depresión, un accidente de trabajo

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 29 de abril de 2003.
Antecedentes

El trabajador prestaba sus servicios en la Universidad de Jaén desde el año 1993. Sufrió acoso laboral por parte de la dirección del centro, viendo reducidas paulatinamente sus funciones y siendo privado de los medios más elementales para su trabajo, como por ejemplo, el ordenador.

El trabajador cayó en una depresión fruto del medio laboral. Fue dado de baja por enfermedad común el 14 de enero de 2001 y comenzó a percibir la prestación económica de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.

Las partes

El trabajador

El trabajador no estaba de acuerdo con la calificación de su síndrome depresivo como enfermedad común, pues consideraba que éste  lo había producido la situación de estrés y acoso sufrido en su centro de trabajo.

Por este motivo, solicitaba que su síndrome depresivo fuera calificado como accidente de trabajo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. De esa forma podría cobrar la prestación de incapacidad temporal prevista para los accidentes de trabajo.

La empresa

La empresa y la mutua de accidentes de trabajo se oponían, diciendo que la baja debía considerarse como una enfermedad común. De esta manera, el pago de la prestación correspondía al INSS, y no a la mutua, que tan sólo cubría las contingencias profesionales.

La sentencia

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Andalucía afirma en su sentencia que los informes médicos del trabajador, elaborados por tres facultativos, son determinantes. Así pues, establecen que los síntomas depresivos y ansiosos del trabajador están relacionados con problemas laborales.

Dichos facultativos destacan especialmente que la causa funcional del trastorno obedece a «estresores psicosociales», que se han prolongado durante los últimos años en el lugar de trabajo, en la forma de sometimiento a situaciones de acoso e indefensión cometidos por sus superiores.

Por eso, el tribunal consideró que la depresión del trabajador es un accidente laboral, pues existe una relación causal entre el padecimiento y la actividad profesional del empleado.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento