Servicios Sociales prevé que entre 1.600 y 2.000 personas se incorporen este año al Grado I nivel 2 de Dependencia

Servicios Sociales prevé que entre 1.600 y 2.000 personas se incorporen este año al Grado I nivel 2 de Dependencia, según ha anunciado en comparecencia de prensa la consejera de Servicios Sociales, Sagrario Loza.
Atención a la Dependencia
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EP/GOBIERNO DE CANTABRIA
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Servicios Sociales prevé que entre 1.600 y 2.000 personas se incorporen este año al Grado I nivel 2 de Dependencia, según ha anunciado en comparecencia de prensa la consejera de Servicios Sociales, Sagrario Loza.

Ha indicado que el Boletín Oficial de La Rioja ha publicado esta mañana la Orden 5/2010, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se regulan las condiciones de acceso y la cuantía de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia (prestación económica de cuidados en el entorno, prestación económica vinculada al servicio y prestación económica de asistencia personal).

Asimismo también determina, entre otros aspectos, el control y revisión de las citadas prestaciones económicas; el procedimiento para su reconocimiento; la modificación, extinción y suspensión de las cuantías; o las incompatibilidades de las prestaciones.

Con la publicación, el Ejecutivo Regional adapta la normativa autonómica a las modificaciones introducidas tanto por el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (en lo relativo a efectos económicos y plazos de resolución), como por la Resolución de 4 de noviembre de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo sobre los criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y el importe de las prestaciones económicas para las personas reconocidas en situación de dependencia en Grado I, Nivel 2 que, según el calendario establecido en la Ley de Dependencia, a partir del 1 de enero de 2011, ya tienen derecho a los servicios y prestaciones establecidos por la Ley, sumándose a las 7.677 personas grandes dependientes (Grado III) y dependientes severos (Grado II) que en La Rioja ya disfrutan de ellos.

Además, con esta adaptación normativa, nuestra Comunidad Autónoma se ha preparado para atender a las personas dependientes de Grado I Nivel 2 que, según el calendario establecido en la Ley de Dependencia, a partir del 1 de enero de 2011, tienen derecho a los servicios y prestaciones establecidos. El Gobierno de La Rioja prevé que durante el año 2011 se incorporen al Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia entre 1.600 y 2.000 personas. Según el calendario de la Ley, durante el año 2012 las personas dependientes de este Grado y Nivel también continuarán incorporándose al Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.

Los servicios y prestaciones a las que tienen derecho las personas dependientes de Grado I Nivel 2 son el servicio de promoción de la autonomía personal; teleasistencia; ayuda a domicilio; centro de día y centro ocupacional.

En las prestaciones económicas, hay para cuidados en el entorno familia y otra vinculada al servicio.

El Gobierno de La Rioja viene dirigiendo sus esfuerzos hacia los servicios frente a las prestaciones económicas y este será también el eje básico de actuación en lo relativo al Grado I Nivel 2. El principal servicio al que se prevé que accedan las personas dependientes del nuevo Grado y Nivel y, por lo tanto, será el que más se desarrolle, es la ayuda a domicilio.

Papel municipal

Los Ayuntamientos tienen un papel fundamental para el desarrollo del servicio de ayuda a domicilio puesto que, tal y como indica la Ley 7/2009 de Servicios Sociales de La Rioja, son los que prestan el mismo. El Gobierno de La Rioja, mediante convenios, transfiere fondos a los Ayuntamientos para que puedan realizar este programa, para lo que dirige este año 2011 más de 6 millones de euros.

Muchas de las personas dependientes de Grado I Nivel 2 que ya pueden obtener como derecho el servicio de ayuda a domicilio ya lo venían recibiendo antes de la fecha antes mencionada (1 de enero de 2011), las cuales no cambiarán el servicio, sino que tendrán derecho a variar la intensidad del mismo, razón por la que deben acudir a los/as trabajadores/as sociales de las Entidades Locales a realizar su P.I.A. (Plan Individualizado de Atención) con el fin de hacer efectivo su derecho. Las personas dependientes de Grado I Nivel 2 tienen derecho tienen derecho a una intensidad entre 21 y 30 horas mensuales de ayuda a domicilio.

Las personas dependientes de Grado I Nivel 2 sólo podrán compatibilizar el servicio de ayuda a domicilio con el servicio de teleasistencia por tratarse de personas con dependencia moderada. Las personas con un mayor Grado de dependencia (gran dependencia o dependencia severa) pueden compatibilizar en La Rioja hasta tres recursos o prestaciones distintos (ayuda a domicilio-teleasistencia-centro de día o ayuda a domicilio-teleasistencia-prestación económica de cuidados en el entorno familiar).

Control y revisión de las prestaciones

Los beneficiarios de cualquier tipo de prestación regulada en la Orden 5/2010 deberán comunicar a la Consejería de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde la fecha en que se produzca, cualquier variación en las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión, que pudieran originar la modificación, suspensión o extinción de la prestación. Se exceptúan las variaciones producidas en las circunstancias económicas del beneficiario, cuya revisión se efectuará en la forma y con los efectos establecidos.

En cuanto a la prestación económica de cuidados en el entorno, el control y seguimiento de la correcta atención y cuidados exigidos corresponderá a los Centros de Coordinación de Servicios Sociales Comunitarios y, en su defecto, a los servicios sociales comunitarios. Sin perjuicio de las visitas que se realicen desde los servicios sociales antes referidos, la Consejería de Servicios Sociales podrá efectuar las inspecciones que considere oportuno.

En ese sentido, durante los años 2009 y 2010, la Consejería de Servicios Sociales comenzó una labor de revisión y control de las prestaciones económicas con el fin de y completar y garantizar la correcta gestión de las prestaciones económicas del Sistema Riojano de Autonomía Personal. En virtud de ello, en estos dos años, 207 personas han recibido resolución de extinción de la prestación económica que percibían indebidamente, instándoles asimismo a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.

La Orden 5/2010 deroga la Orden 5/2007, de 31 de octubre, también reguladora de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.

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