Un taller, obligado a devolver el importe cobrado por reparar una avería que no solucionó

El Juzgado de Primera Instancia de Medio Cudeyo ha obligado a un taller mecánico a devolver a uno de sus clientes los 822,10 euros de una factura que le cobró por la reparación de una avería en su coche "que no se solucionó".

El Juzgado de Primera Instancia de Medio Cudeyo ha obligado a un taller mecánico a devolver a uno de sus clientes los 822,10 euros de una factura que le cobró por la reparación de una avería en su coche "que no se solucionó".

Según ha explicado en un comunicado la Unión de Consumidores de Cantabria (UCC), el demandante, que era uno de sus asociados, detectó un "ruido anormal" en su vehículo y decidió llevarlo al taller, donde le cambiaron la caja de cambios, una reparación cuyo coste ascendió a la cantidad que ahora le será devuelta.

Tras comprobar que el ruido persistía, el dueño del coche acudió de nuevo al taller para que le corrigiera el problema en su vehículo. En esta ocasión, le presentaron otro presupuesto para reparar el rodamiento, avería que, según la UCC, "tenía originariamente y que no se detectó en la primera reparación, cuando se cambió innecesariamente la caja de cambios".

Ante lo ocurrido, el propietario del coche solicitó al taller la devolución del importe de la factura de la primera reparación, ya que, según mantiene, la sustitución de la caja de cambios se había tratado de un "error". El taller se negó.

El afectado, a través de una letrada de la UCC, interpuso una demanda para reclamar el importe de la primera reparación, pretensión a la que se opuso el taller de reparación de vehículos, que argumentó que se había cumplido el contrato y achacó la culpa al cliente.

La UCC ha explicado que casos como el del demandante, al que la Justicia ha dado la razón con esta sentencia, que ya es firme, son algo "frecuente" en muchas reparaciones ante las que "en ocasiones, el consumidor se siente indefenso".

La letrada de la UCC Rut García solicitó la devolución del dinero que pagó el propietario del coche por los trabajos de reparación de su vehículo y que no sirvieron a su fin, puesto que llevó el coche al taller porque hacía un ruido y, según la UCC, "se lo llevó haciendo el mismo ruido".

Para demostrar este hecho fue necesario realizar, tras la primera reparación, un informe pericial que determinase la persistencia del problema y la necesidad de otra reparación distinta a la efectuada.

En la sentencia, el Juzgado de Primera Instancia de Medio Cudeyo explica que entre el taller y el cliente se estableció el denominado como "contrato de resultado", en el que el contratista se obliga a satisfacer el interés del acreedor.

Además, se considera que el contratista está obligado a realizar y entregar la obra "prevista, correcta y adecuada", de forma que, si no se obtiene el resultado, se presume su culpa y se le puede exigir o bien el cumplimiento del contrato o la resolución del mismo, opción por la que ha optado el juzgado en esta ocasión.

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