La mujer durante el juicio, celebrado ocho días antes del suceso, pidió que su marido no fuese condenado aunque sí pidió la medida cautelar de alejamiento, ya que declaró ante el juez que su pareja "era un hombre noble" y que entendía que éste no tenía intención de llevar a cabo las amenazas.
Esa fue la causa por la que supuestamente la víctima dejó que su compañero volviese al domicilio, pese a la orden de alejamiento.
En este sentido, el juez destaca en la sentencia que pese a que la mujer pidió que su marido no fuese condenado "es usual que transcurrido un tiempo desde que tiene lugar el hecho delictivo, por motivaciones internas de carácter sentimental, económicas... se tienda a aminorar las consecuencias del ilícito sufrido".
Un año de cárcel y orden de alejamiento
Por ello, el magistrado señala en la sentencia que el Juzgado queda facultado para una valoración conjunta y entiende que en este caso se le tiene que condenar a un año de prisión porque las amenazas iban dirigidas "a crear un estado de desasosiego e intranquilidad a la víctima".
El crimen se produjo sobre las 2.30 horas en una primera planta del número 10 de la calle Nuzas de la capital, en el distrito de Puerto de la Torre, después de que la pareja mantuviera una nueva discusión en el interior del domicilio.
Los efectivos sanitarios no pudieron hacer nada por salvar la vida de la víctima, A.P.G., que presentaba varias heridas causadas por arma blanca, entre ellas en el abdomen y tórax.
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