Ordenan repetir un juicio por amenazas al no saber el acusado que había sido denunciado

La Audiencia Provincial de Granada ha ordenado repetir un juicio de faltas por amenazas al no saber el acusado cuando fue a declarar que había sido denunciado, ya que en la citación judicial no se le informó al respecto. De hecho, el hombre, que fue condenado por el Juzgado de Instrucción 1 de Órgiva al pago de una multa de 50 euros por las supuestas amenazas de muerte proferidas contra un vecino, creía antes de que comenzara la vista oral que él iba a ser oído en calidad de denunciante y no como procesado.

La Audiencia Provincial de Granada ha ordenado repetir un juicio de faltas por amenazas al no saber el acusado cuando fue a declarar que había sido denunciado, ya que en la citación judicial no se le informó al respecto. De hecho, el hombre, que fue condenado por el Juzgado de Instrucción 1 de Órgiva al pago de una multa de 50 euros por las supuestas amenazas de muerte proferidas contra un vecino, creía antes de que comenzara la vista oral que él iba a ser oído en calidad de denunciante y no como procesado.

En la resolución de la Sección Segunda, a la que tuvo acceso Europa Press, la Audiencia accede a la petición de nulidad de la sentencia dictada y del juicio celebrado formulada por el abogado del inculpado y repone las actuaciones "al estadio inmediatamente anterior" a la vista oral.

El tribunal considera que efectivamente el recurrente no recibió copia de la denuncia formulada, de suerte que, disponiendo sólo de su propia declaración prestada ante la Guardia Civil, ignoraba los términos exactos de su imputación. Así, compareció en el juicio con su letrado "pensando equivocadamente ambos que era el denunciante y no el denunciado, dado el contenido de su declaración".

Su representante legal, Jorge Luis Sánchez Medina, llegó a expresar incluso su "desconcierto" y "protesta" al inicio del acto "tan pronto que se le sacó del error sobre el carácter con que comparecía su cliente", a pesar de lo cual el juzgado decidió seguir adelante y continuar la sesión, lo que causó al procesado una situación de "indefensión".

Según constaba en la sentencia ahora anulada, el acusado, M.M.G., mantuvo una discusión desde su domicilio el pasado 17 de julio de 2009 con el denunciante, dirigiéndose a él desde la ventana de su casa portando una barra de hierro y diciéndole "que lo iba a matar". Por ello, el Juzgado le condenó por una falta de amenazas a una multa de 50 euros y al pago de las costas procesales.

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