Urbanismo pide la ejecución provisional del fallo que anulaba parcialmente el articulado del PGOU

Adepa se opone al atisbar una "dilación" a su petición de que este articulado sea plenamente anulado para el proyecto Metropol Parasol

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la ejecución provisional de la sentencia previa que, en 2009, confirmaba la anulación de varios artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2006. En concreto, la Gerencia de Urbanismo reclama su ejecución provisional en los cuatro sectores del Conjunto Histórico Artístico que aún carecen de "planeamiento convalidado", toda vez que la Asociación para la Defensa del Patrimonio (Adepa) se opone a este movimiento alegando que esta petición "no se pronuncia" sobre su reclamación en cuanto a que dicho fallo se consume sobre las obras promovidas en el sector Encarnación-Magdalena para construir el complejo fungiforme diseñado por el arquitecto alemán Jürgen Mayer.

Todo comienza con el auto emitido el 12 de diciembre de 2007 por la citada instancia judicial, porque dicho auto suspendía cautelarmente la aplicación de 16 artículos del Plan General de Ordenación Urbana de 2006, al entender que dicho documento no podría regir sobre los sectores del Conjunto Histórico Artístico que no gozan de protecciones específicas mediante la figura del plan especial de protección.

Adepa, como se recordará, había elevado a la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA una "demanda de ejecución provisional" que parte de la sentencia que, el 1 de octubre de 2009, emitía esta sala ante los recursos de súplica promovidos por la Gerencia de Urbanismo y la Consejería de Obras Públicas y Transportes contra estas medidas de suspensión cautelar.

Recursos desestimados

Dicha sentencia, recogida por Europa Press, desestimaba el recurso de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en cuanto al procedimiento utilizado para dictar la suspensión cautelar de dichos artículos, pero admitía parcialmente el de la Gerencia de Urbanismo al aportar las resoluciones de la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía que informaban favorablemente sobre la aprobación provisional del PGOU y la adaptación de su revisión a los informes sectoriales. Tal extremo implicaba la exención de la suspensión sobre cuatro de los artículos afectados al asumir o convalidar el nuevo planeamiento el Plan Especial del Conjunto Histórico de 1995 o las protecciones dictadas por el PGOU de 1987.

Dado el caso, el Alto tribunal andaluz resolvía entonces la anulación de determinados artículos del PGOU de 2006 sobre los sectores Santa Catalina-Santiago, Catedral, Encarnación-Magdalena y La Calzada-Fábrica de Artillería del Conjunto Histórico Artístico. A tal efecto, la demanda de ejecución provisional impulsada por Adepa para esta sentencia dictada el 1 de octubre de 2009 se dirigía, "exclusivamente", hacia la anulación expresa de estos artículos en relación al sector Encarnación-Magdalena y, más expresamente, a toda "conexión directa" con las obras promovidas por la Gerencia de Urbanismo para transformar el antiguo solar del mercado de abastos de La Encarnación en un rupturista complejo urbanístico bautizado como 'Metropol Parasol' y diseñado por el teutón Jürgen Mayer.

Adepa entiende, en su escrito de demanda de ejecución provisional, que la propia sentencia del 1 de octubre de 2009 convierte en "ilegales" las obras al implicar tales trabajos "una modificación de las alineaciones preexistentes", por lo que reclama expresamente la ejecución provisional de la sentencia en lo que concierne a este proyecto que actualmente ejecuta la constructora 'Sacyr'.

Maniobra judicial

No obstante, y ante frente a esta solicitud de Adepa, la Gerencia de Urbanismo, mediante un escrito elevado a la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA y recogido por Europa Press, aboga por la "suspensión" provisional de los preceptos relacionados con la sentencia emitida al respecto por el Alto Tribunal andaluz el 1 de octubre de 2009, si bien su petición se dirige hacia "los cuatro sectores sin planeamiento convalidado" para hacer "coincidir exactamente los preceptos cautelados con aquellos que han sido anulados por la sentencia", en alusión a las relaciones entre el auto del 12 de diciembre de 2007 y la sentencia en cuestión. "La relación de los preceptos suspendidos no coincide con la del fallo de 1 de octubre de 2009", advierte la Gerencia de Urbanismo.

Así, Urbanismo defiende que mediante su petición, coincidirían "exactamente los preceptos cautelados en su aplicación con aquellos que han sido anulados mediante la sentencia dictada", poniendo fin a "una situación anómala en la que hay preceptos suspendidos que luego no han sido anulados, o viceversa".

Frente a esta petición, Adepa ha elevado a la citada instancia judicial un escrito rechazando los términos en los que la Gerencia de Urbanismo reclama la ejecución provisional de la sentencia, pues a juicio del colectivo conservacionista, la Gerencia de Urbanismo actúa "con mala fe" al "no pronunciarse" sobre el concreto de la relación entre dicho fallo judicial y las obras promovidas por el Ayuntamiento hispalense en el espacio del antiguo mercado de abastos de La Encarnación. Para Adepa, se trata de un intento de "dilatar" el procedimiento judicial, toda vez que el complejo urbanístico objeto de las acciones judiciales "se encuentra en el sector ocho, en el que en ningún caso cabe modificación de las alineaciones preexistentes".

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