El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite las cuestiones de constitucionalidad planteadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) sobre la disposición adicional 3ª de la Ley de Derecho Civil de Galicia de 2006, por posible vulneración de varios artículos de la Carta Magna.
El TSXG había planteado sendas cuestiones de constitucionalidad en julio de este año ante TC para aclarar si este precepto normativo y la ley que la reforma (2007) —relativo a las parejas de hecho— se ajustaba a criterios de "constitucionalidad". La decisión del tribunal gallego surge ante las dudas de la adecuación de la normativa gallega a la Constitución española durante la deliberación de dos recursos, en la Sala de lo Civil y Penal de este tribunal
En concreto, el alto tribunal gallego apuntaba que ese precepto podría colisionar con el artículo 149.1 8º sobre la competencia exclusiva del Estado en legislación civil y relaciones jurídico-civiles relativas al matrimonio. El TC, en su providencia, habla de que puede vulnerar el mencionado punto de la Carta Magna, así como los artículos 9.3, 10.1 y 14.
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