Absuelven al ex alcalde de Ojén, acusado de permitir un vertedero incontrolado

El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga ha absuelto al que fuera desde 2003 alcalde de la localidad malagueña de Ojén Juan Pedro Gómez Sánchez, acusado de permitir un vertedero incontrolado en el municipio. Además, también absuelve al entonces concejal de Medio Ambiente de dicho Ayuntamiento Juan Antonio Sánchez.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga ha absuelto al que fuera desde 2003 alcalde de la localidad malagueña de Ojén Juan Pedro Gómez Sánchez, acusado de permitir un vertedero incontrolado en el municipio. Además, también absuelve al entonces concejal de Medio Ambiente de dicho Ayuntamiento Juan Antonio Sánchez.

La absolución se produce, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, por la "inexistencia" de una actitud de pasividad por parte de los acusados y por "la orfandad probatoria" en cuanto a la existencia o no de un grave perjuicio para el equilibrio de los sistemas naturales o la salud de las personas.

En la resolución se considera probado que antes de 2003 —cuando los acusados accedieron a sus respectivos cargos públicos—, durante este año y el siguiente se venía utilizando una explanada ubicada entre los municipios malagueños de Marbella y Ojén como lugar en el que se depositaban residuos sólidos urbanos.

Entre éstos, según la sentencia, había materiales de construcción que contienen amianto, recipientes a presión vacíos, envases que contienen sustancias peligrosas o están contaminados por ellas, frigoríficos y baterías, que tienen "la consideración de residuos peligrosos".

No obstante, se indica que no ha quedado probado que dichos vertidos hayan puesto en grave peligro la salud de las personas o las condiciones del ecosistema —tierra, aire o agua—. En este punto, se señala que el único informe técnico aportado "no permite alcanzar" la conclusión de si hubo daño o no.

El juez apunta que no consta que se hayan tomado muestras de aguas subterráneas ni superficiales para analizar si hubo incidencia por la filtración de los residuos, ya que, aunque las diligencias instruidas por la Guardia Civil son un indicio o inicio, "es necesario que se constate aparte de la realidad del vertido, la afección del suelo".

Respecto a la actuación de los acusados, se estima que por parte del alcalde "se adoptaron medidas tendentes a tratar de controlar el uso del vertedero", llegando a poner cadenas y candados y a abrir una zanja varias veces para "evitar actuaciones incontroladas". Asimismo, consta una denuncia presentada por el otro acusado.

Así, se llega a determinar "la inexistencia de una actitud de pasividad de los acusados ante los vertidos que venían efectuándose en la zona", los cuales, según se precisa, "no se iniciaron en las fechas en que éstos accedieron a sus respectivos cargos en el Ayuntamiento de Ojén, sino anteriormente, al menos desde 2000".

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