Diputación vizcaína aprueba el reglamento técnico para instalar reductores de velocidad en las carreteras forales

La Diputación Foral de Bizkaia aprobó hoy el reglamento técnico que regula la instalación de reductores de velocidad en los tramos urbanos de las carreteras de titularidad foral, según indicó en rueda de prensa la diputada de Obras Públicas, Itziar Garamendi.

Según explicó, los reductores de velocidad son dispositivos colocados en la calzada cuya finalidad es obligar a los vehículos a mantener velocidades de circulación reducidas en tramos urbanos.

El nuevo reglamente prevé la instalación de tres tipos de reductores: los pasos de peatones sobreelevados, los dispositivos de sección semicircular de aglomerado o prefabricados y las bandas transversales de alerta que se construyen cambiando la textura del pavimento por fresado o por resalte.

Según este reglamento, estos reductores sólo podrán instalarse, como criterio general, en las travesías urbanas de la red básica (carreteras naranjas), en la red complementaria (azules), en la red comarcal (verdes) y en la red local (amarillas), pero no en las carreteras forales de interés preferente (carreteras rojas).

El reglamento establece otro tipo de limitaciones en función de la geometría de las carreteras, como presencia de curvas, grandes pendientes o visibilidad escasa.

Se incluyen también las características técnicas que han de tener estos limitadores, como su geometría, los materiales, los drenajes, la señalización horizontal y vertical correspondiente y la iluminación.

Estos reductores de la velocidad podrán ser instalados por la propia Diputación foral de Bizkaia o a instancia de los ayuntamientos.

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