La denuncia de la Plataforma contra la Especulación Urbanística y Ambiental de Candeleda, la Sociedad Cooperativa de Caprino y la Asociación para la Protección de la Naturaleza Cinclus era relativa a las obras de canalización y suministro de agua para la urbanización "obviando la precisa evaluación de impacto ambiental", tal y como recoge la sentencia en los fundamentos de derecho.
Asimismo, se apuntaba a un desarrollo urbanístico mayor que lo previsto inicialmente y a la posibilidad de que Dávila Monteblanco, la promotora, utilizara información privilegiada en la compra de los terrenos, que se adquirieron a precio de suelo rústico.
En la sentencia, la Audiencia considera que debe proseguir la investigación "en esclarecimiento de los hechos y comprobación de su acomodo a la legalidad" porque de la documentación se desprende que "las irregularidades denunciadas no son descartables y han desembocado en un desarrollo urbanístico distinto y más amplio del que reflejaba el Plan Parcial inicial y fue objeto de la precisa información pública y Estudio de Impacto Ambiental", así como "la posible utilización de información privilegiada relativa a la recalificación de terrenos".
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