El jurado popular declara culpable a la mujer que mató a su hijo recién nacido en Las Labores

El jurado popular declaró hoy culpable del delito de asesinato a M.S.A., de 36 años, la mujer de Las Labores (Ciudad Real) que, dos horas antes, había reconocido en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial que había matado a un hijo recién nacido en mayo de 2007 por miedo a las "represalias" de su suegra y a la reacción de los vecinos de una población tan pequeña ante las dudas de que el padre del bebé fuera fruto de una relación extramatrimonial.

El jurado basó su veredicto en la propia declaración de la mujer, que reconoció el crimen, aunque dijo que "no sabía lo que hacía" cuando lo mató y que no llegó a distinguir si era varón o hembra; y en las explicaciones de los forenses, que ratificaron que el bebé nació vivo y que murió por asfixia tras ser introducido por la mujer en varias bolsas y ser enterrado en un hueco que había excavado en un terreno aledaño a la casa.

La abogada de la defensa, Yolanda Alarcón, explicó en declaraciones a los medios que las pruebas de ADN que se realizaron demostraron después que el hijo muerto era del marido.

En esta segunda parte del juicio intervino ante el tribunal el marido, J.L.A., quien ratificó su renuncia y la de los cuatro hijos que tenía con la mujer ante de los hechos a las respectivas indemnizaciones de 76.300 euros para él y 19.300 euros para cada uno de los niños.

También manifestó que su único deseo era que pasara todo esto y que pudiera vivir con su mujer y sus hijos, cinco en total, tras tener el quinto, una niña, con su mujer, mientras ella estaban en prisión preventiva.

En declaraciones previas a los medios, reconoció que tanto él como ella tienen retirada la patria potestad y que dos están en un colegio, otros dos con una hermana suya y la más pequeña de todos con una hermana de ella.

Al principio de la vista oral, se leyó un escrito de acusación conjunto suscrito por la defensa y el Ministerio Fiscal por el que se calificaban los hechos de "asesinato" y se tenían en cuenta la agravante de "parentesco" y la atenuante de "obcecación y arrebato.

Por ello, ambas partes pedían un total de 16 años de cárcel, que rebajaba en cuatro los 20 años la que, en principio, pedía el fiscal de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, aunque la Ley del Jurado no contempla las sentencias de conformidad y obliga a celebrar el juicio.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento