La madre de una de las víctimas del crimen de la calle Oporto pide medidas para evitar que el autor confeso quede libre

Espera una resolución del Supremo para que pueda celebrarse un nuevo juicio antes de que agote la prisión preventiva

La madre de Isaac Pérez Triviño, uno de los jóvenes asesinados en el conocido como crimen de la calle Oporto de Vigo, reiteró hoy su petición de medidas para evitar que el autor confeso de estos hechos quede en libertad el próximo 13 de julio, una vez que finalice su estancia preventiva en la prisión de A Lama.

Marta Pérez Triviño proclamó, en declaraciones a Europa Press, su "desesperación" por el hecho de que el acusado, Jacobo P.R., quede en libertad después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) hubiese anulado el juicio en el que fue condenado a 20 años de prisión por un delito de incendio -tras un polémico veredicto en el que un jurado popular lo absolvió de asesinato pese a haber confesado la autoría de los asesinatos de Isaac Pérez y Julio Anderson—.

Cuando Jacobo P.R. fue condenado -en marzo de 2009—, tanto la Fiscalía como el abogado de la acusación presentaron sendos recursos ante el TSXG para pedir que se anulase la sentencia y se realizase un nuevo juicio, en tanto que consideraban el veredicto del jurado como "inexplicable".

El alto tribunal gallego anuló la vista y la sentencia, para que la Audiencia Provincial de Pontevedra pudiese convocar un nuevo juicio, pero este trámite quedó en suspenso al presentar la defensa del acusado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

Así, se da la circunstancia de que, mientras la sala del Supremo no se pronuncie, no se puede celebrar una nueva vista y, a punto de cumplirse los cuatro años de prisión preventiva, Jacobo P.R. puede salir de prisión el próximo 13 de julio -al estar anulada la sentencia que le condenaba—."ABERRACIÓN"

Marta Pérez denunció la "aberración" que supone el hecho de que "un asesino confeso" pueda salir en libertad "por una cuestión de plazos y retrasos", y suplicó la intervención de las autoridades para evitar que eso ocurra. De hecho, explicó que su intención era la de iniciar hoy una huelga de hambre "para reclamar justicia" pero que "por cuestiones de salud" y debido a que está en tratamiento médico, los facultativos se lo desaconsejaron.

Por su parte, su abogado, Tomás Santodomingo, también manifestó su "preocupación" por esta circunstancia, y por el hecho de que el magistrado ponente de la sala segunda del TS, Alberto Jorge Barreiro, todavía no haya dictado sentencia sobre el recurso de casación presentado.

Santodomingo explicó que hay bastantes posibilidades de que no se admita, por lo que, si el juez se pronunciase ya, "todavía habría tiempo para que la Audiencia Provincial reúna a un nuevo jurado y se celebre otro juicio" -antes de que Jacobo P.R. salga de prisión_. En caso de que el Supremo sí admita el recurso, el acusado saldría igualmente de la cárcel, porque tardaría "al menos dos años y medio" en resolverse.

Veredicto polémico

La magistrada presidenta de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra en Vigo condenó a Jacobo P.R., autor confeso de la muerte de dos jóvenes, ocurrida en julio de 2006 en la calle Oporto de Vigo, a una pena de 20 años de prisión por un delito de incendio, y le absolvió tanto de asesinato como de hurto, ya que su dictamen se basó en el veredicto de un jurado popular que consideró que Jacobo no era culpable de estos delitos.

Según el veredicto del jurado, Jacobo P.R. es considerado no culpable de los asesinatos de Isaac P.T., y Julio A.L., a los que asestó 57 puñaladas "en legítima defensa" y llevado por un "miedo insuperable". Sin embargo, le consideraron culpable de un delito de incendio, al encender cinco focos de fuego -dos de ellos sobre los cuerpos de los jóvenes fallecidos— y abrir luego la espita del gas.

Así, la magistrada aplicó la pena -prevista en caso de incendio— en su grado más alto, 20 años de prisión, y le impuso una indemnización de 9.171,24 euros a la compañía aseguradora Santa Lucía, por los daños que el incendio causó en el inmueble. Dicha sentencia quedó posteriormente anulada por el TSXG, a la espera de una nueva vista.

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