Consumidores apuntan que el decreto sobre campos de golf puede traer "edificación incontrolada e insostenible"

Vulneraría el espíritu del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y la Ley de Ordenación del Territorio (LOT)

El Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (CCUA), máximo órgano de participación y consulta de los consumidores en el que se encuentran representadas la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa Al-Andalus, la Federación de Consumidores en Acción de Andalucía-Facua y la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE, advirtió de que el futuro decreto por el que se modifica la norma que regula las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía pueden conllevar una "edificación incontrolada e insostenible".

En una nota, el Consejo explicó que ha estudiado el proyecto de decreto que pretende regular el sector y en su informe rechazó "de pleno" la norma por una cuestión formal y de fondo.

Los consumidores temen que "simplificar los trámites de las declaraciones de campos de golf de interés turístico, en los supuestos en los que no existiera plan de ordenación del territorio de ámbito subregional o en el mismo no se contemplaran expresamente estas actuaciones, suponga en la práctica 'carta blanca' para que proliferen edificaciones residenciales que van unidas a la construcción de campos de golf".

A su juicio, de esta forma, "sólo se contribuiría a la edificación incontrolada y la masificación en zonas que hasta ahora no la habían sufrido".

Esta situación preocupa al Consejo pues entiende que pudiera significar que estas modificaciones "supongan el incumplimiento del espíritu de la LOT y prevalezca el interés turístico sobre el desarrollo sostenible de algunas zonas".

El Consejo cree que como consecuencia "se rebajará la firmeza de la ley y el control conseguidos en otras normas en cuanto a los límites de la edificabilidad" y criticó esta modificación porque "elimina las autorizaciones y los traslados preceptivos, es decir, los que actualmente se encuentran establecidos para la aprobación o modificación de los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional así como la supresión del traslado a la Comisión Permanente del Consejo Andaluz del Turismo".

Asimismo considera que esta medida "no puede vulnerar el espíritu de la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía (LOT) ni el espíritu y normas del Plan de Ordenación de Territorio de Andalucía (POTA), que tienen como objetivos contribuir al desarrollo equilibrado del territorio evitando los efectos de la edificación insostenible y sus consecuencias negativas".

Para los consumidores, de todo ello se desprende que la Administración autonómica "no sirve con objetividad los intereses generales si aprueba la norma en su redacción prevista".

Ante esto, el Consejo "no entiende qué ha motivado el plazo de urgencia de la norma, limitando la posibilidad de un estudio más pormenorizado y de sus consecuencias sobre el ordenamiento jurídico".

El informe de los consumidores asimismo añadió que "se echa en falta que se mencione expresamente el cumplimiento del trámite de audiencia al Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, ya que es un trámite que deben pasar todas las normas que afecten a los consumidores y que por ser preceptivo debería venir reflejado en el texto".

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