Jueces de lo mercantil plantean la necesidad de unificar criterios en los concursos

Jueces de lo mercantil plantearon hoy durante la I Jornada del Encuentro de Derecho Concursal de Xàtiva (Valencia), que reúne a 25 magistrados de toda España, la necesidad de "unificar criterios en relación al tratamiento de los concursos", según informó la organización del encuentro en un comunicado.

Durante la inauguración oficial, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Juan Luis de la Rúa, destacó que la principal demanda de los empresarios en relación a esta cuestión es establecer unas líneas interpretativas asumidas por todos los jueces "que sienten las bases de una seguridad jurídica que agilice el desarrollo de los concursos", y añadió que esa seguridad jurídica conduce necesariamente a una seguridad económica.

En esta línea, los participantes en la I Mesa Redonda, dedicada a 'La Problemática anterior a la solicitud de concurso' se centraron en uno de los aspectos de la más reciente reforma de la Ley Concursal (Real Decreto Ley 3/2009), el 5.3, que afirma que el deber de solicitar la declaración de concurso "no será exigible al deudor que, en estado de insolvencia actual, haya iniciado negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio y, dentro del plazo establecido en el apartado 1 de este artículo, lo ponga en conocimiento del juzgado competente para su declaración de concurso"

Fernando Presencia, juez de lo mercantil de Valencia, el objeto de este artículo no se refiere tanto al convenio anticipado, que prácticamente no se aplica, "como a la posibilidad de refinanciarse evitando que, durante este periodo, alguno de los acreedores solicite un concurso necesario".

Presencia, en una opinión compartida por sus compañeros de mesa, indicó que la intención de esta reforma era ayudar a la empresa insolvente en una coyuntura marcada por la crisis económica y afirmó que los jueces" no pueden entorpecer esta aplicación de la Ley" ya que, de lo contrario, "el mercado buscará sus propias soluciones al margen del concurso" y eso no es conveniente.

En la Conferencia Inaugural, el Catedrático de Derecho Mercantil Fernando Cerdà expuso que desde la entrada en vigor de la Ley Concursal de 2004, se han producido 14.245 concursos en España, de ellos 1.707 de enero a abril de este año. Asimismo, en el conjunto del país el 85% de los concursos sigue correspondiendo a empresas aunque ha ido incrementándose progresivamente el número de los de particulares.

Otros datos apuntados son que el 92% de los concursos son voluntarios (los solicita la propia empresa deudora) y sólo el 8% son necesarios (los solicitan sus acreedores; que Cataluña lidera el ranking español con un 23,3% del total mientras que la Comunitat Valenciana ocupa el segundo puesto con el 13,8%; que un 92% acaban en liquidación y en un 8% de los casos se llega a convenio; que la expectativa de cobro es del 46% y que el sector de la construcción acapara el 50% de los concursos y el 80% del pasivo total en concurso.

Así mismo, Cerdá subrayó que el tamaño de la empresa concursada es "determinante" para que prospere o no el convenio. Asimismo, explicó que mientras la media del pasivo de las empresas que alcanzan el convenio se sitúa en 2,6 millones de euros, la media del pasivo de las empresas que entran en liquidación se sitúa en 940.000 euros. Por último, apuntó que si el concurso quiere ser útil, "es fundamental que dure poco tiempo".

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