Condenan a 7 años de inhabilitación al alcalde de Canillas de Albaida por delito urbanístico

El Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga ha condenado al alcalde de la localidad malagueña de Canillas de Albaida, Antonio Gregorio Díaz Navas (PP), a siete años de inhabilitación para cargo público de concejal o alcalde, y a una pena de multa de 15 meses, por un delito de prevaricación urbanística al conceder una licencia de obra para una vivienda "con grave incumplimiento de la normativa reguladora".

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press y que no es firme, se declara también la nulidad de la licencia otorgada por el regidor mediante un decreto en noviembre de 2004 para construir una vivienda unifamiliar aislada en el paraje denominado El Mosquín, de dicho municipio, de unos 137 metros cuadrados en suelo calificado no urbanizable.

La resolución declara probado que el propietario y promotor y el constructor llevaron a cabo a lo largo de 2006 la construcción de esa vivienda, presentando solicitud de obras en el Ayuntamiento en julio de 2004 "sin el preceptivo proyecto técnico ni visado, ni proyecto de actuación", a pesar de lo cual le fue concedido el permiso de obra por decreto.

Según el juez, el alcalde omitió la reclamación de documentación técnica visada del arquitecto municipal en su informe, "con grave incumplimiento de la normativa reguladora de la concesión de licencias urbanísticas", en concreto de varios artículos de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Añade que el acto que constituye el delito es el decreto de concesión.

En este sentido, se explica que es así por ser "emitido por funcionario público competente para ello, como es el alcalde de municipio", quien tenía conocimiento de la ilegalidad, pues él mismo reconoció que sabía que faltaba documentación, a pesar de lo cual otorgó la licencia, por, según dijo, la insistencia de los solicitantes, que eran "muy pesados".

El regidor, que dijo que necesitaba que le leyeran los informes, reconoció que lo hizo "mal", aunque argumentó su decisión de otorgarla antes de tiempo al tener "la confianza de que se podía regularizar", ya que la zona "tenía los metros suficientes, luz y agua". "La culpa fue mía, que la di antes, pero siempre pensé que se podía legalizar", insistió.

Para el juez, la infracción de la norma urbanística cometida mediante el otorgamiento del permiso resulta "patente y grosera", ya que "no se trata de que la concesión o no de la licencia esté sometida a interpretación alguna, sino que a pesar de no constar la documentación exigida, siendo consciente de ello, el acusado otorga el acto administrativo ilegal".

A parte de la inhabilitación, se le condena al pago de 4.500 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de siete meses y 15 días de privación de libertad. Además, se indica que una vez sea firme, se informe a la Junta Electoral, Oficina del Censo y Ayuntamiento de Canillas respecto del cumplimiento de la inhabilitación.

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