Condenado un visitante de la cueva de El Soplao que se llevó piezas de gran valor histórico y científico

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a un hombre que durante una visita a la Cueva de El Soplao se llevó varias piezas de gran interés histórico y científico cuya reposición no será posible por lo que el daño causado puede ser de gran magnitud patrimonial.
Cueva De El Soplao
Cueva De El Soplao
EP/GOBCANTABRIA
Cueva De El Soplao

Según relata la sentencia, hecha pública hoy, el acusado, C.S.F., de 64 años de edad y natural de Valladolid, visitó el 5 de abril del año 2007 la cueva de El Soplao.

Durante el recorrido, y en un momento de descuido del personal que guía la visita, el imputado tocó en los expeleotemas de los denominados 'excéntricas', desprendiéndose cinco de ellos que el acusado se llevó, si bien fueron recuperados inmediatamente a ocurrir los hechos por el personal de guía.

La sentencia destaca que la cueva de El Soplao, ubicada en el paraje de La Florida, es una cavidad "excepcional", abierta en las calizas, dolomías y areniscas Cretácicas de la Cordillera Cantábrica, con un desarrollo conocido y tipografiado próximo a los 14 kilómetros.

Subraya que la cavidad presenta varias características que hacen de su ornamentación uno de los conjuntos más notables del mundo subterráneo en todo el planeta: tanto por la cantidad de espeleotemas que alberga el conjunto del sistema —una de las mayores agrupaciones conocidas, destacando la cantidad de excéntricas, concreciones excepcionales de gran rareza— como por la variedad de las mismas.

Explica el juzgador que dentro de las excéntricas existen una serie de tipos diferenciados, la mayoría de ellos existentes en el Soplao, lo que otorga "un enorme" valor añadido a cada elemento ornamental (cada una de las concreciones) puesto que la suma de los elementos incrementa notablemente el valor del conjunto.

Finalmente resalta que la singularidad mineralógica de algunas excéntricas de El Soplao es sobresaliente, presentando formas, tamaños, colores o tonos únicos en el mundo. Refiere así la sentencia que cada excéntrica de esta cueva es "única e irrepetible" y que estas piezas forman parte importante del patrimonio geológico de la cavidad, aportando todas ellas "un plus de valor al conjunto".

Subraya por último que las excéntricas presentan un extraordinario valor histórico (en sentido geológico) y pueden aportar una gran información de tipo científico, constituyendo su deterioro, rotura o expoliación un daño potencial de gran magnitud patrimonial.

Indica al respecto que piezas similares a las arrancadas y que fueron entregadas por el acusado, alcanzan un precio en el mercado de algunos cientos de euros cada unidad, y destaca que dado que no es posible su reimplantación, el daño causado es irreparable, no siendo posible por dicha razón realizar una valoración económica del mismo.

Así concluye que los hechos consignados como probados por expreso reconocimiento del acusado son constitutivos de un delito contra el patrimonio histórico, por el que condena al procesado al pago de una multa de diez meses, con una cuota diaria de 8 euros, lo que hace un total de 1.920 euros, con arresto legal sustitutorio en caso de impago, además de imponerle las costas del procedimiento.

Por otro lado, y por vía de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la entidad Gestora de El Soplao S.L. en la cantidad de 1.500 euros, cifra estimativa del valor de las piezas en el mercado, dada la imposibilidad de determinar el daño causado sin una concreta valoración por parte del perjudicado o de expertos.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento