TS anula una sanción impuesta a la jueza de Motril expulsada de la carrera judicial

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sanción de cinco meses de suspensión que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial impuso en octubre de 2007 a la entonces titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Motril (Granada), Adelina Entrena --ahora expulsada de la carrera judicial--, por haber abusado de su cargo para ralentizar la celebración de un juicio contra su ex pareja, después de que ella le denunciara por amenazas y lesiones.

De este modo, la Sala Contencioso-Administrativa del TS estima en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el recurso presentado por Entrena al considerar que el procedimiento sancionador superó los seis meses de duración que prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial y por tanto había caducado.

Fue el pasado 24 de octubre de 2007 cuando el Pleno del CGPJ acordó sancionar a Entrena con cinco meses de suspensión por una falta muy grave por usar su cargo de juez para "favorecer" a su ex pareja "intentando sustraer el procedimiento de la normal tramitación para ralentizarlo".

Concretamente, se le acusó de abstenerse de tramitar la causa, ya que el juicio se suspendió en dos ocasiones, la última el 30 de agosto, por la incomparecencia de la magistrada, quien remitió una nota a la secretaria judicial en la que, tras justificar su ausencia porque su hija no se encontraba bien, pedía que la causa fuera puesta "a la cola de los demás juicios" por violencia doméstica.

Un mes después, el 28 de noviembre, el Pleno del CGPJ acordó excluirla de la carrera judicial por ser responsable de cuatro infracciones disciplinarias muy graves, tres de ellas relacionadas con casos concretos de retrasos en la excarcelación de presos y una por el "descontrol general" detectado en su juzgado tras una visita de la Inspección del CGPJ.

Según la investigación que llevó a cabo este Servicio de Inspección, Entrena habría cometido faltas muy graves en el caso de A.S., un hombre acusado de maltrato que fue condenado a siete meses de cárcel y que, pese a haber recurrido la sentencia, permaneció encarcelado tras haber cumplido el plazo máximo de prisión provisional sin sentencia firme.

Además, fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en 2008 a un año de suspensión por el caso de José Campoy Maldonado, un hombre para quien la juez no dictó el mandamiento de libertad a pesar de haber sido absuelto en su juicio, lo que motivó que estuviera en prisión más de un año de lo que le correspondía.

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