La Fiscalía mantiene la petición de 9 años de inhabilitación al alcalde de Redondela (Pontevedra) por prevaricación

La defensa dice que no quedó demostrada la autoría de los hechos y entiende que el caso debería ir por vía administrativa

El Juzgado de lo Penal Número 1 de Vigo acogió hoy el juicio contra el alcalde de Redondela (Pontevedra) y el concejal de Urbanismo, por un supuesto delito de prevaricación, por las irregularidades en la contratación de unas obras en la localidad. En la vista, la Fiscalía mantuvo su petición de 9 años de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos para ambos acusados, mientras que la defensa aseguró que no quedó demostrada "la autoría" de los hechos.

Los hechos ocurrieron en 2007 durante las obras de humanización de las calles Alfonso XII, Ribeira y Xeneral Rubín —adjudicadas a una empresa en un concurso público— cuando técnicos encontraron problemas en las tuberías y las acometidas.

El regidor, Xaime Rey, al ver que no había una consignación presupuestaria para poder subsanar esta incidencia, decidió adjudicar directamente los arreglos a la misma compañía que ya hacía la humanización -y por tanto sin publicidad ni concurrencia— y que después se le pagaría a la empresa, para lo que se aprobaría en pleno una modificación de crédito por valor de 124.000 euros. Sin embargo, el interventor municipal advirtió en un informe que ese reconocimiento extrajudicial de crédito era nulo de pleno derecho.

Durante el juicio, donde el caso quedó visto para sentencia, el alcalde aseguró que el interventor nunca le advirtió de que pudiera haber un ilícito penal, sino que podría haber una falta administrativa. Por su parte, el edil de Urbanismo, Emilio González, explicó que los presupuestos municipales en 2007 eran prorrogados.

La Fiscalía consideró que hubo un delito de prevaricación puesto que se realizó un trámite irregular y perjudicial para los ciudadanos de Redondela, al no haberse obtenido el mejor precio en la contratación de la obra relativa a las tuberías —porque no hubo concurso y, por tanto, tampoco concurrencia de distintas ofertas —.

Para el Ministerio Público, la actuación del alcalde no buscaba un beneficio económico, sino electoral, con el objetivo de que este regidor, que lleva más de 30 años en el cargo, pudiera "perpetuarse" en el poder. Así, incidió en que la decisión tomada en lo que respecta a las obras de las tuberías se enmarcaba en la ilegalidad y que ello fue hecho a sabiendas. DEFENSA

La defensa de los acusados aseguró que el informe del interventor no advirtió de la irregularidad previamente a que se realizase la obra, sino cuando se iba a aprobar en pleno la modificación de crédito. Asimismo, en cuanto a la autoría de los hechos por parte del alcalde, recordó que esta modificación fue aprobada en un pleno en el que Rey no participó. "Si el alcalde hubiese votado el expediente llevado a pleno es cuando habría asumido la conducta supuestamente delictiva", precisó.

Al respecto del edil de Urbanismo, aseguró no entender por qué se le acusa, dado que las obras dependían del área de Vías y Obras, por lo que, a su juicio, tampoco quedó demostrada la autoría.

"tufillo político"

Además, el letrado defensor censuró que el escrito de acusación del fiscal es una "copia" del informe que realizó el interventor —donde denunciaba la irregularidad de la modificación extrajudicial de crédito— y aseguró que "denuncia tiene un cierto tufillo político" porque al informe sólo tenían acceso los concejales, el interventor y la secretaria.

Asimismo, recordó que existía una obra principal —la humanización— y, al plantearse el imprevisto del mal estado de las tuberías, al alcalde "se le planteaban dos soluciones"; la primera de ellas, sería hacer "caso omiso" a las advertencias sobre los problemas de las conducciones, adoptando así la táctica "del avestruz y el de atrás que apañe", y ocasionando un "perjuicio económico enorme".

Sin embargo, destacó que Rey hizo "lo que cualquier persona normal y corriente", ya que "la única solución rápida" ante la urgencia de la situación era acometer las mejoras y luego pagar a la empresa, para lo que se pediría un reconocimiento extrajudicial de crédito.

Tras calificar de "quisquilloso" al interventor, aseguró que, debido a su forma de actuar, si este funcionario hubiera considerado que había un acto delictivo hubiera ido a Fiscalía a denunciar, mientras que quien acudió al Ministerio Público fue otra persona.

De hecho, el letrado consideró que el ámbito de los hechos es el contencioso administrativo, y nunca el penal. De este modo, criticó que la Fiscalía hable de que, al no haber concurso para adjudicar la obra, no se logró el "mejor precio"; y consideró que, como no se cuantificó el citado "mejor precio", se está hablando de "hipótesis" y no de hechos.

Finalmente, aseguró que la decisión "no fue un capricho personal del alcalde" y se preguntó "qué beneficio" hubo para el Ayuntamiento, el regidor o las personas de su entorno. Así, incidió en que la forma de actuar de Rey supuso un "ahorro de dinero" —en contra de lo sostenido por la Fiscalía— y, por tanto, fue beneficiosa para los ciudadanos.

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