Según una resolución recogida por Europa Press, el establecimiento sancionado cometió tres infracciones administrativas al vulnerar la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco
Dos de ellas son de carácter grave, y en concreto se refieren a permitir fumar en los lugares en que exista prohibición total, y realizar venta de tabaco a través de máquina expendedora en un establecimiento donde está prohibido fumar.
Además ha cometido una infracción administrativa de carácter leve como es no informar en la entrada del establecimiento de la prohibición de fumar. Las dos primeras conllevan una sanción de 2.000 euros en cada caso y la tercera es sancionada con 200 euros de multa.
Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el consejero de Sanidad, según establece la resolución, que no agota la vía administrativa.
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