El Supremo ratifica la condena del TSJA contra la magistrada que excarceló a un preso por abusos pese a la condena

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ratificó hoy la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) contra la magistrada Begoña Guardo, que firmó --contra la decisión de la mayoría del Tribunal-- un auto de suspensión de condena de un preso condenado en firme por una agresión sexual a siete años y un día de prisión.

El Supremo hizo pública hoy, miércoles 10 de febrero, la sentencia por la que rechazan el recurso de casación ante el alto tribunal, al entender que la magistrada es plenamente responsable. El TSJA le condenó en 2009 a siete meses de pena multa y otros nueve meses de apartamiento de la carrera judicial.

El TS se remite a la sentencia emitida por el TSJA en 2009, en la que condenaba a Guardo por la comisión de un delito de falsedad en documento público, en aplicación del artículo 390 del Código Penal. ANTECEDENTES

En los antecedentes, el Tribunal Supremo recuerda cómo en 2007 la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza condenó a Enrique Moreno Clavería como autor de un delito consumado de agresión sexual con violencia e intimidación a siete años y un día de prisión.

La magistrada Begoña Guardo formaba parte del tribunal junto con Miguel Ángel López y López del Hierro como presidente y ponente, así como Carlos Lasala. Asumió la ponencia Carlos Lasala y Begoña Guardo formuló un voto particular considerando que la agresión sexual no se consumó, sino que se cometió en grado de tentativa, lo que suponía una pena de tres años y seis meses de prisión, no de siete años, como estimaron los otros dos magistrados.

La sentencia fue recurrida, pero el Tribunal Supremo rechazó admitir el recurso. La Audiencia Provincial de Zaragoza declaró la firmeza de la sentencia y el reo ingresó en prisión el 14 de marzo de 2008. Begoña Guardo fue la ponente para la ejecución de la sentencia.

La defensa del reo solicitó la suspensión de la pena de cárcel hasta que se resolviera la petición de indulto que habían formulado, pero el Ministerio Fiscal se opuso y la Sala se pronunció de la misma manera.

Nuevamente, la defensa presentó un recurso de súplica solicitando nuevamente la suspensión y se opusieron tanto el fiscal como la acusación particular.

El 29 de abril de 2008 se encontraban en el despacho del presidente de la Sección de la Audiencia tres magistrados y el propio presidente.

En ese momento, se presentó la magistrada Begoña Guardo, quien formalmente propuso suspender la pena, mientras que los restantes magistrados se manifestaron "rotundamente contrarios y el asunto se dio por deliberado en tal sentido".

El 29 de abril de 2008, Guardo comentó con el también magistrado Carlos Lasala un asunto relativo a la suspensión de la ejecución de una condena por delito de agresión sexual, que la primera entendía que era el relativo a Enrique Romero en tanto que el segundo creía que se trataba de una condena por delito agresión sexual en grado de tentativa a una pena de tres años y seis meses, a lo que Lasala dio su conformidad.

El mismo día, se redactó un auto de suspensión de la pena firmado por ella y los otros dos magistrados del caso. Ese día, Carlos Lasala lo leyó por encima y lo firmó. El 5 de mayo, Carlos Lasala fue informado de que la suspensión de la pena se aplicaba al reo condenado a siete años, no al de tres años y medio.

El 15 de mayo de 2008, el TSJA volvió a la posición inicial y aprobó una providencia anulando la suspensión de la pena privativa de libertad, si bien Begoña Guardo rehusó firmar la providencia por no compartir su contenido, según dijo.

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