Tribunales.- Carrillo se ratifica y Díaz dice que cerró en Diego de Riaño nada más saber dictamen de la Junta

El Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla acogió hoy las declaraciones del ex concejal de Recursos Humanos y ex presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Ayuntamiento de Sevilla, Emilio Carrillo (PSOE), y del edil de Conservación de Edificios Municipales, Joaquín Díaz (PSOE), en calidad de testigo e imputado en diligencias previas, respectivamente, por la denuncia de los delegados de Prevención de Riesgos Laborales del Sppme y SPB a cuenta de la reapertura del edificio municipal de Diego de Riaño llevada a cabo el pasado mes de mayo a pesar del informe en contra de la Junta de Andalucía a tenor de los desperfectos detectados, que finalmente causaron una orden de cierre por parte de la Inspección de Trabajo.

Según informaron a Europa Press fuentes del caso, la declaración de Carrillo duró algo más de media hora y en ésta, que transcurrió con "normalidad", el otrora vicealcalde de Sevilla se limitó a exponer cómo sucedieron los hechos, desde los primeros temblores que sacudieron al edificio hasta su negativa a que se reabriera el edificio, que se convirtió en uno de los desencadenantes de su dimisión por la falta de apoyo del gobierno en esta decisión.

Posteriormente declaró Díaz, que también se ratificó en la versión ofrecida en el recurso interpuesto en su día ante el juzgado, y que pedía el archivo de la causa —al que se opuso la Fiscalía— bajo la argumentación de que la orden de reincorporación al trabajo en Diego de Riaño, fundamentada en una serie de informes técnicos de bomberos y Conservación de Edificios Municipales, fue anterior a la resolución autonómica, que instaba a la clausura del edificio por supuesto riesgo para el personal, tras la cual el delegado, que por aquel entonces era presidente del Comité de Seguridad y Salud, decretó "inmediatamente" el cierre.

De esta manera, el edil socialista declaró que el Ayuntamiento creyó suficientes los informes presentados —no así los sindicatos ni, posteriormente, el Ministerio Público— y recalcó que el informe autonómico incidía en "supuestos" riesgos para los trabajadores, siendo los que entraron los que venían haciéndolo desde un principio.

La Fiscalía respaldó con una denuncia la acción sindical. En el escrito de la Sección de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía, al que tuvo acceso Europa Press, el Ministerio Público consideraba que los hechos denunciados, en principio, "podrían ser constitutivos de infracción penal", razón por la cual el ente judicial interpuso denuncia ante el Juzgado Decano de Sevilla.

La denuncia de las centrales sindicales recordaba que el inmueble fue reabierto tras la orden dada en el seno del Comité de Seguridad y Salud por parte del que hasta entonces era el presidente en funciones, el edil de Conservación de Edificios Municipales, Joaquín Díaz (PSOE), instando a la reincorporación "inmediata" de los empleados municipales.

El edificio fue desalojado por temblores

Esta decisión se tomó, según reflejaron los sindicatos en su denuncia, "teniendo conocimiento del informe emitido por el Centro de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo de fecha 27 de abril, en el que entre otras cosas consta que la situación del edificio no ha cambiado y que pudiera suponer un riesgo grave e inminente para la integridad física de los trabajadores".

Asimismo, las centrales sindicales hicieron hincapié en que el técnico de prevención firmante en el informe de la Junta se reafirma en informes anteriores de fecha 11, 17 y 19 de octubre de 2006, cuando los daños en el inmueble —que llegó a ser desalojado por temblores derivados de una obra anexa— fueron denunciados por vez primera.

Aportando documentación relativa al caso —informes de la empresa Vorsevi; los dictámenes del Comité de Seguridad y Salud cuando éste estuvo dirigido, primero, por Carrillo, y luego por Díaz; o la resolución de cierre del edificio dictada por Carrillo, entre otros—, los sindicatos solicitaban a la Fiscalía que se depuraran las posibles responsabilidades civiles y penales en que se pudiera haber incurrido con la medida tomada por el Consistorio.

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