Las nuevas tecnologías están de moda. Tanto, que los 38 centros de mayores que la Comunidad gestiona en la región se han sumado a la fiebre de los ordenadores y ofertan aulas de informática para que las personas con más de 60 años (un millón en Madrid) puedan hacer sus pinitos. Hasta ahí, todo normal, si no fuera porque para hacerse socio de uno de estos centros y optar a las actividades hay que acreditar un requisito médico fundamental: no padecer ninguna enfermedad infectocontagiosa.
Así se lo espetaron a Diego Segura, un jubilado de 74 años que "por insistencia" de sus hijos decidió apuntarse a las clases de ordenador en el centro Alonso Heredia (Salamanca), y que escribió una carta a 20 minutos denunciándolo.
Tras su denuncia, este diario comprobó telefónicamente que el informe se solicitaba en casi todos ellos e, incluso, en la página web del Gobierno regional figura entre los requisitos necesarios: "No padecer enfermedad infectocontagiosa ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en centro hospitalario". Una cláusula curiosa cuando se trata de centros para personas mayores autónomas y en pleno uso de sus facultades.
Saltarse la ley
El requisito que exige la Consejería de Familia y Asuntos Sociales no sólo podría atentar contra el derecho a la intimidad (según reconocen fuentes jurídicas consultadas por este diario), sino que contraviene una instrucción interna de la propia Comunidad aprobada en diciembre de 2008 respecto a la emisión de informes médicos sobre el estado de salud de los usuarios de la sanidad pública.
Según esta instrucción, el médico de familia sólo podrá emitir (a petición del paciente) un informe con los datos de su historia clínica (es decir, con lo que padece), pero nunca uno que exija "la realización de pruebas o exámenes complementarios" para determinar lo que no tiene.
"No está justificado"
Algo que aclaran desde la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria: "Para diagnosticar que un paciente joven o mayor no tiene tuberculosis, por ejemplo, hay que hacerle las pruebas", dicen los facultativos.
Y la Agencia Española de Protección de Datos matiza que, según la ley, los datos que se pueden solicitar a una persona deben ser directamente "proporcionales" al servicio que se vaya a prestar. Una proporcionalidad que no queda demostrada en el caso de cursos de informática, clases de gimnasia, peluquería o talleres (que son las actividades de estos centros).
Mientras, el Consejo General de Trabajo Social (que integra a los trabajadores sociales) cree que "pedir este requisito de forma indiscriminada no está justificado".
Por su parte, la Consejería de Asuntos Sociales, tras recibir una llamada de 20 minutos, envió el viernes un fax urgente a todos los centros para que dejaran de solicitar el informe médico. La Administración asegura que desde 2008 dio orden de que no se pidiera, pero al parecer los centros seguían exigiéndolo.
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