Trib.-Un Tribunal de Jurado declara culpable a 'El Fatiga' por asesinar a un joven en Las Palmas de Gran Canaria

El veredicto no ve probado que el acusado había consumido grandes dosis de alcohol y drogas Tribunal sostiene que Octavio Santos tenía la cara tapada y no pudo defenderse del ataque

El veredicto no ve probado que el acusado había consumido grandes dosis de alcohol y drogasTribunal sostiene que Octavio Santos tenía la cara tapada y no pudo defenderse del ataque

Un Tribunal de Jurado ha declarado culpable por unanimidad a Echedey Jesús Lorda Rivero, conocido como 'El Fatiga', por el asesinato de Octavio Santos, al que propinó una cuchillada en el corazón la madrugada del 25 de diciembre de 2008 en la calle Córdoba en la Vega de San José, en Las Palmas de Gran Canaria.

Echedey, de 23 años de edad, pidió "perdón a la familia" de la víctima en sus últimas palabras, tras escuchar el veredicto durante el juicio que ha quedado visto para sentencia en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, donde la Fiscalía ha solicitado imponerle la pena de 18 años de cárcel, mientras que la defensa, por su parte, finalmente cambió su inicial petición por un presunto delito de homicidio a la de asesinato y solicitó una pena de 15 años de cárcel, la "mínima" del Código Penal español por un delito de asesinato.

Echedey Lorda y Octavio Santos —ex novio de la pareja sentimental de 'El Fatiga' y con quien Santos había tenido un hijo— se enzarzaron en una discusión sobre una cantidad de hachís que el primero le había dado. A continuación se encararon y 'El Fatiga' le asestó una puñalada en el pecho. Tras esa cuchillada sacó el arma del cuerpo de Octavio e hizo el gesto de volver a apuñalarlo, cosa que no consiguió porque su novia se interpuso entre ambos y logró apartar al acusado.

El Jurado no considera probado —por mayoría de siete votos y tras las declaraciones de la Policía— que el acusado había consumido la noche de los hechos "grandes cantidades de alcohol y drogas que, si bien no anulaban, sí disminuían gravemente sus facultades de querer y de entender".

La noche de navidad

El Tribunal señala en su escrito que sobre las cuatro de la madrugada del día 25 de diciembre de 2008 el acusado se encontraba en la fiesta que, con ocasión de la noche de Navidad, habían organizado los vecinos de la calle Córdoba y que se celebraba en la citada vía con la confluencia de la calle León, en esta capital.

Sobre esa hora vio como llegaba Oliver Santos, con quien mantenía una "mala relación" y entonces decidió subir a su domicilio para coger un cuchillo. Con el arma metida en la cintura del pantalón por la parte de atrás y tapada con la camisa, bajó de nuevo a la calle donde y al ver a su compañera sentimental en ese momento, se lo mostró y le dijo que si aquella noche Oliver le decía algo lo apuñalaba.

A pesar de que su novia —ex pareja de Octavio Santos— le pidió que dejara el cuchillo en casa, el acusado se negó y continuó en la fiesta, según refleja el veredicto.

Aproximadamente media hora después llegó a la fiesta Octavio Santos Valencia, hermano de Oliver y anterior novio de su pareja, con la que tuvo un hijo, y con el que el acusado mantenía una relación cordial.

Un trozo de hachís

Octavio se dirigió al acusado para pedirle que le proporcionara un trozo de hachís y éste le dio un trozo que a Octavio le pareció poco, por eso le reclamó algo más, a lo que el acusado contestó que no porque no le quedaba suficiente para él.

Por esta razón ensalzaron en una discusión en la que se encararon mutuamente, Octavio retrocedió unos pasos y comenzó a quitarse la camiseta que vestía y en ese momento el acusado sacó el cuchillo que escondía entre sus ropas, añade el escrito del Jurado, que declara probado que, aprovechando que Octavio tenía la cara tapada con la camiseta y que" en modo alguno podía esperarse el ataque de que fue objeto, "con la intención de acabar con su vida, le asestó una puñalada en el pecho con la mano derecha mientras que con la izquierda lo sujetaba por el hombro".

Tras esa cuchillada sacó el arma del cuerpo de Octavio e hizo el gesto de volver a apuñalarlo, cosa que no consiguió porque su novia se interpuso entre ambos y logró apartar al acusado.

A continuación, éste se echó a correr y se refugió en su casa, donde lo hallaron agentes del Cuerpo Nacional de Policía que se personaron en el lugar de los hechos. En su huida el acusado se llevó el cuchillo consigo que no pudo ser encontrado.

La herida le atravesó el corazón

Tras los informes forenses, el jurado declara también probado que, a causa de la cuchillada recibida, Octavio sufrió una herida en el pecho que le atravesó el corazón, con entrada en la cara anterior del mismo y que alcanzó la posterior, ocasionando un shock hipovolémico y obstructivo que le causó la muerte, pese a que recibió asistencia médica en el Hospital Universitario Insular de Gran Canaria.

Asimismo, en función de los informes de los médicos forenses, sostienen que se trata además de una herida "difícilmente defendible" por la trayectoria de la misma que fue paralela al suelo, añade la Fiscalía, que precisa que el fallecido estaba esperando otro hijo dado que su entonces compañera sentimental estaba embarazada de dos meses el día de los hechos.

Por otro lado, el Jurado manifestó que no considera oportuno que se suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad, en espera de que no vuelva a delinquir en el plazo que marca la ley, de forma que, si ello ocurriera, cumpliría la pena impuesta en la sentencia que se dicte en esta causa. Igualmente, el Tribunal no consideró oportuno pedir el indulto al Gobierno de la Nación, esto es, la extinción total o parcial de la pena.

La fiscalía pide 18

Años de cárcel

Al término, las partes elevaron a definitivas sus conclusiones provisionales. Así pues, la representante del Ministerio Público, Evangelina Ríos, mantuvo la petición de imponerle la pena de 18 años de prisión por un presunto delito de asesinato y prohibición de acercarse o comunicar en forma alguna con la familia del fallecido por tiempo de 10 años.

Además de la pena privativa de libertad, la fiscal reclama, en concepto de responsabilidad civil, que el acusado indemnice a los representantes legales de los hijos menores del fallecido en la cantidad de 250.000 euros.

Por su parte, el letrado de la acusación particular que representa a Tania R. —novia de la víctima cuando ocurrieron los hechos— y al hijo que tiene de Octavio Santos reclamó 20 años de cárcel y una indemnización de 250.000 euros, mientras que el abogado Eduardo Ojeda —que representa a la ex novia de la víctima con la también tenía otro niño— pidió 18 años de cárcel y 150.000 euros para sus clientes.

Por último, la defensa modificó sus conclusiones, ya que en un principio aseguraba que se trataba de un presunto delito de homicidio con la atenuante de haber actuado bajo los efectos del alcohol y sustancias estupefacientes. Así pues, solicitó 15 años de cárcel para su cliente, que recordó que es la "pena mínima" que establece el Código Penal.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento