Tribunales.- Condenado a once meses un celador del SAS por usar el coche oficial para desplazamientos propios

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a once meses de prisión a un funcionario interino del Servicio Andaluz de Salud (SAS) con categoría de conductor-celador por emplear para desplazamientos propios el vehículo oficial que tenía asignado, así como por utilizar en su propio beneficio las tarjetas de repostaje de carburante asignadas.

Según relata la Sala en la sentencia, consultada por Europa Press, el condenado, identificado como J.R.P., comenzó el 6 de noviembre de 2002 a trabajar como funcionario interino del SAS en el Distrito de Atención Primaria Sevilla Sur de la localidad de Alcalá de Guadaíra, ocupando el puesto de conductor-celador hasta el 11 de mayo de 2004, fecha en que renunció voluntariamente al mismo.

En este sentido, añade que, para la realización de las funciones propias de su puesto de trabajo, tenía asignado un vehículo oficial, disponiendo asimismo de una tarjeta asignada a tal vehículo y destinada a su repostaje, asegurando la Audiencia que, "pese a tener conocimiento" de que el uso del vehículo oficial y de las tarjetas de repostaje debía ceñirse "exclusivamente" a las tareas propias de su actividad, el acusado hizo uso de dicho vehículo para desplazamientos propios, "sin contar con la necesaria autorización de superiores inmediatos".

Así, relata que desde el 8 de marzo y hasta el 3 de noviembre de 2003, "con la intención de lucrarse ilícitamente", el condenado utilizó la tarjeta de repostaje para repostar sus vehículos particulares, señalando que, al menos con fecha 11 de octubre de 2003, utilizó la referida tarjeta para repostar tres veces consecutivas, excediendo tal repostaje "con creces" la capacidad máxima del automóvil oficial".

De este modo, asevera que el perjuicio total causado al SAS asciende a 1540,12 euros, una cantidad que fue consignada íntegramente por el encartado. Por estos hechos, la Audiencia Provincial condena a J.R.P. a once meses de prisión y al pago de una multa de 900 euros por un delito continuado de malversación de caudales públicos, con la concurrencia como cualificada de la atenuante de reparación del daño.

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