IVA: El impuesto sobre el valor añadido afecta sólo a la compra de nuevos inmuebles. Si se trata de una vivienda, el comprador deberá pagar el 7% del coste total; mientras que por un local destinado a un negocio será el 16%.
ITP: El impuesto sobre transmisiones patrimoniales grava la compraventa de inmuebles de segunda mano, por lo que su pago nunca será compatible con el IVA. El Estado prevé una tasa del 7%, que también paga el comprador, aunque algunas comunidades autónomas tienen competencias para variarla.
IBI: Los propietarios están obligados a pagar anualmente el impuesto sobre bienes inmuebles. Esta tasa, conocida también como contribución, es el resultado de aplicar un gravamen de entre el 0,4 y el 1,1 al valor catastral del inmueble. Son los ayuntamientos quienes fijan el tipo impositivo.
Plusvalía: Lo paga el vendedor por la revalorización que ha sufrido su inmueble. Se obtiene multiplicando los años de disfrute por el porcentaje fijado por el ayuntamiento. Si se invierten los beneficios en la compra de otra casa, no habrá que pagar el impuesto de plusvalía.
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