Según informó la consejera de Servicios Sociales, Sagrario Loza, acompañada del portavoz del Gobierno riojano, Emilio del Río, a través de esta orden, también se determinan las condiciones y requisitos, tanto materiales como funcionales, necesarios para el funcionamiento de estos centros y servicios, cuyo cumplimiento es requisito imprescindible para la obtención de las autorizaciones administrativas correspondientes al ámbito de los servicios sociales. Se aplicará a todos los centros y servicios de desarrollo infantil y atención temprana de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los centros y servicios de desarrollo infantil y atención temprana tienen como finalidad la atención individualizada de carácter preventivo, global e interdisciplinar, orientada tanto al niño como a su entorno familiar y social, así como a la coordinación con otros recursos de atención.
Con carácter general, estos centros y servicios irán dirigidos a promover, facilitar o potenciar la evolución global y las posibilidades de desarrollo del niño, planificar las acciones encaminadas a desarrollar en los niños un mayor grado de autonomía personal y a garantizar la existencia de profesionales expertos y promover la intervención interdisciplinar cuando las necesidades del niño lo aconsejen.
Por otra parte, son centros de desarrollo infantil y atención temprana aquellos en los que se presten servicios adecuados para el desarrollo del niño como fisioterapia, psicología, logopedia y lenguaje de signos. Los usuarios de estos centros son los niños de 0 a 6 años con trastornos en su desarrollo o con riesgo de padecerlos y las familias o personas que los representen.
Esta orden entrará en vigor mañana, tras su publicación hoy en el Boletín Oficial de La Rioja.
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