Prohíben explotar petardos, pero su venta sí se permite

  • Ocho de las casetas provisionales del Parque tienen autorización para expedirlos.
  • Hasta el 15 de diciembre, se han puesto 33 multas en la capital.
Llega diciembre, se encienden las luces de Navidad, brota el color rojo en los escaparates, viene la melancolía para algunos y el reencuentro con seres queridos para otros... Pero casi todos ven su día a día salpicado por las detonaciones de los petardos.

Para evitar molestias a los vecinos, el Ayuntamiento de la capital emitió ayer un bando que ya se ha convertido en habitual con la llegada de las fiestas: queda prohibido «el uso en la vía pública de petardos y otros artificios pirotécnicos». El Consistorio veta que se exploten petardos, mientras que permite –junto con la Subdelegación del Gobierno– que se vendan al público.

En la actualidad, ocho casetas provisionales de las situadas en el Parque cuentan con la autorización necesaria de Subdelegación para despacharlos, además de otras instaladas en El Palo, Torre del Mar y Vélez-Málaga (también existen dos negocios en la capital y otro en Fuengirola que los venden todo el año).

El Ayuntamiento ha tramitado hasta el 15 de diciembre 33 expedientes sancionadores por alterar el orden público y perturbar el descanso de los vecinos con los petardos, si bien la ordenanza municipal del ruido en Málaga no recoge expresamente este extremo.
Por su parte, las casetas del Parque sólo tienen permiso para almacenar, cada una, cinco kilos de material pirotécnico. Esta mercancía no puede superar las clases uno y dos (petardos que se pueden usar en viviendas y al aire libre con riesgo bajo o en recintos acotados). Los de clase tres únicamente pueden adquirirse en los establecimientos que venden pirotecnia todo el año.
Limpieza en la vía pública
En el bando emitido ayer por la Alcaldía de Málaga, en el que Francisco de la Torre expresa sus «mejores deseos de paz y prosperidad», también se recuerda que los malagueños tienen que seguir unas medidas mínimas de limpieza –la mayoría están contempladas en algunas ordenanzas municipales–. Queda prohibido «colocar carteles y realizar inscripciones o pintadas en paredes, muros, fachadas, quioscos, farolas, vallas, papeleras...». Además, tampoco se permite ensuciar o arrancar los carteles puestos en los sitios autorizados, pintar en elementos de mobiliario urbano y, «bajo ningún concepto, se podrán colocar pancartas o banderolas en los árboles».
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