El Ministerio Fiscal sostiene que la acusada prestaba sus servicios como empleada de hogar para en una vivienda de la Plaza de Goya de Mieres. Entre el 25 de noviembre de 2019 y el 15 de enero de 2020, en distintos días, aprovechando el acceso que tenía a todas las dependencias de la casa, la acusada cogió e hizo suyas diversas joyas: un colgante de cabeza de Cristo con cadena de oro, dos aros nupciales y dos sortijas.
El acusado, hijo de la acusada, con conocimiento de su procedencia, vendió la cadena de oro el 25 de noviembre de 2019 por 500 euros y el colgante, el 3 de diciembre de 2019, por 600 euros en un establecimiento de compra y venta de joyas de Mieres. La cadena y el colgante de oro fueron tasados en 5.648,28 euros.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de hurto de los artículos 15.1, 74 y 234.1 del Código Penal, y de un delito de receptación de los artículos 15.1 y 298.1 y 2. Del delito de hurto sería responsable en concepto de autora la acusada y del delito de receptación, el acusado.
Concurre la agravante de la responsabilidad criminal de abuso de confianza respecto de la acusada. Y solicita que se condene a la acusada a 18 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y, al acusado, a 17 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que la acusada indemnice a la dueña de la casa con 5.648,28 euros y con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el valor de los dos aros nupciales y de las dos sortijas. De los 5.648,28 responderá también, de forma conjunta y solidaria, el acusado, todo ello más los intereses legales correspondientes.
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