Una tienda pagará 3.000 euros a una novia por no hacerle a tiempo el traje de boda

  • Intentaron entregar a la demandante un modelo diferente al elegido.
  • Dijeron que no tuvieron tiempo de arreglarlo porque había engordado.
  • El enlace estuvo a punto de no celebrarse.
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Quisieron entregarle un traje de novia diferente al que había elegido.
Quisieron entregarle un traje de novia diferente al que había elegido.
Quisieron entregarle un traje de novia diferente al que había elegido.

La Audiencia  Provincial de Sevilla ha condenado a un establecimiento de trajes de novia al pago de una indemnización de 3.000 euros a una cliente, M.M.A.V. a la que no le tuvieron a tiempo el vestido para su boda a pesar de que lo había encargado casi un año antes del enlace matrimonial, lo que obligó a la demandante a adquirir un modelo distinto en otra tienda.

La sentencia argumenta que el traje encargado "difería bastante del vestido que, finalmente, se pretendió entregar", y rechaza el argumento de la parte demandada respecto a que las dificultades para arreglar el traje derivaban de que la mujer hubiera ganado peso.

En el fallo se indica que "es obvio que la confección del vestido no puede hacerse conforme a las medidas de un año antes de la entrega y ejecución del encargo, periodo en el que cualquier persona es susceptible de modificación en su talla".

Pruebas demasiado tardías

En este sentido, la Audiencia Provincial argumenta que la ejecución "debía hacerse conforme a la talla que la demandante presentara en el momento en que se producen las pruebas", señalando que si las mismas "hubiesen tenido lugar, no 15 días antes del evento, sino con mayor dilación, los arreglos no hubiesen representado problema, sino que serían algo normal y necesario, pues se trataba de un encargo a medida".

Además, considera que "es obvio el incumplimiento contractual, cuando el modelo que se pretendió ajustar era diferente del contratado, tal y como se aprecia por el distinto diseño del escote tanto trasero como delantero".

Asimismo, y en relación a los daños morales sufridos por la demandante, hace referencia "al desasosiego, estrés y zozobra provocadas ante la grave incertidumbre que provocó el incumplimiento contractual hasta dos días antes de la ceremonia, el evento más importante entonces de la vida de la perjudicada ante la boda proyectada, llegando incluso a correr peligro la propia celebración, con todo lo que conllevaba".

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