Un juzgado exime a un padre de pagar la pensión de sus hijas por el "desapego" y por tratarlo "como un cajero"

  • Ha ocurrido en Córdoba, y el hombre no deberá abonar de ahora en adelante el gasto en alimentación de las jóvenes.
El mazo de un juez-foto recurso
El mazo de un juez-foto recurso
GTRES
El mazo de un juez-foto recurso

Un juzgado de Córdoba ha eximido a un padre de pagar la pensión alimenticia de sus dos hijas, ambas de más de 20 años, a causa del desapego continuado por parte de ellas hacia su progenitor, que lo habían convertido en un mero "cajero automático". Esta novedosa sentencia ha avalado el desarraigo como motivo para dejar de contribuir a su manutención.

Hasta la fecha, el padre "había abonado puntualmente la pensión alimenticia" de sus dos hijas desde que quedó fijada en 2003 y había intentado retomar, sin éxito, la relación con ambas, de 23 y 25 años en la actualidad, según afirman medios locales, que recogen las declaraciones del abogado del hombre, Gabriel Velamazán.

La relación del padre con las dos jóvenes estaba marcada por el desapego por parte de ellas y había quedado reducida a la de un "cajero automático". Velamazán ha defendido que las hijas podían esgrimir "excusas" o "justificaciones" mientras eran menores, pero, al alcanzar la mayoría de edad y mantener este comportamiento, la responsabilidad era suya.

Además, este desprecio hacia el hombre se hizo extensivo a toda la familia paterna, lo que hizo más "reprobable" el comportamiento de las hijas, en opinión del letrado.

Con esta decisión del juzgado, el abogado considera que se "abre camino" para terminar con una situación "terriblemente injusta", como el hecho de que un progenitor pueda ser despreciado por sus hijos, pero deba seguir abonando la pensión alimenticia.

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