Cuáles son las ventajas fiscales que los mayores de 65 años pueden aprovechar en la Renta 2020/2021

  • Algunos supuestos relacionados con el patrimonio financiero o inmobiliario de las personas, que ya hayan cumplido esta edad, quedará libre de impuestos.
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Con el nuevo año, se acerca la nueva campaña para la realización de la declaración de la renta 2021, un ejercicio que puede suponer ciertas ventajas fiscales para las personas mayores de 65 años.

Algunos supuestos relacionados con el patrimonio financiero o inmobiliario de las personas, que ya hayan cumplido esta edad, quedará libre de impuestos o se verá reducido el porcentaje a pagar por ellos a la Agencia Tributaria.

Beneficios fiscales para las personas mayores de 65 años

El primero de los beneficios está referido a las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual, es decir, en la que se reside o se ha residido durante tres años de forma continua. Las ganancias por la transmisión están exentas de tributar por el IRPF cuando se tienen más de 65 años, por lo que desde la Organización de Consumidores y Usuarios recomiendan esperar a esta edad para aprovechar la ventaja.

Además, también hay que saber que la exención se aplica también a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda habitual por su titular, si éste ser reserva el usufructo vitalicio sobre la citada vivienda.

Eso sí, hay que tener en cuenta que cuando la vivienda está a nombre de los dos cónyuges, ambos deben ser mayores de 65 años, ya que de lo contrario solo estaría exenta la ganancia que corresponde al cónyuge que sí tenga esa edad. Además, aunque la exención se puede aplicar si se ha dejado de residir en la vivienda habitual, hay que tener en cuenta que, como máximo, debe haber sido dos años antes de la transmisión.

Lo mismo sucede con la venta de la segunda vivienda o de otros bienes que se posean ya que quedan libres de impuestos las ganancias obtenidas a partir de los 65 años, siempre y cuando se destine el dinero a una renta vitalicia, con un máximo de 240.000 euros. 

Por otro lado, al cumplir los 65 años, se reduce el porcentaje de impuestos aplicados a las rentas vitalicias. Así, solamente tributan el 28% cuando el perceptor tiene entre 50 y 59 años, reduciéndose hasta el 24% cuando el receptor tiene entre 60 y 65 años y al 20% cuando se tienen entre 66 y 69 años. Los mayores de 70 años solo tributarían un 8%, según la Agencia Tributaria.

Por último, el mínimo del contribuyente se amplía llegados los 65 años. Con carácter general, el mínimo es de 5.550 euros anuales, mientras que a partir de los 65 años, la cifra es de 6.700 euros anuales. Después, los contribuyentes de edad superior a 75 años, tendrán un mínimo de 8.100 euros anuales.

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