Tribunales.- Fijada para el 3 de febrero la vista en lo Mercantil por la quiebra de Burguillos Natural

La Sección Primera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla tiene fijada para el día 3 de febrero la vista correspondiente al procedimiento promovido por la vía Mercantil para esclarecer las responsabilidades del concurso de acreedores declarado en 2009 respecto a la sociedad Burguillos Natural, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento de dicha localidad sevillana, según figura en una providencia de dicha instancia fechada el pasado 17 de diciembre y recogida por Europa Press.

En dicha providencia se detalla que el procedimiento se dirige contra los exalcaldes socialistas de Burguillos José Juan López y Mariana Pérez; contra el Ayuntamiento de dicha localidad, el representante de la sociedad provincial Prodetur en la extinta sociedad municipal Burguillos Natural y una decena más de personas, como los exconcejales del PSOE y otrora consejeros de la entidad José Antonio Santos, Luis Carlos Díaz, Virginia Varo, Francisco Javier Rodríguez y Juan Simón Juan López; figurando en el cupo total de afectados por el procedimiento tres personas ya fallecidas.

En el escrito de calificación formalizado en 2018 por los administradores concursales de la sociedad Burguillos Natural ante el Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, recogido por Europa Press, los mismos solicitaban declarar culpables del concurso de acreedores de la entidad a los administradores de hecho o de derecho de la misma, entre ellos los exalcaldes socialistas José Juan López y Mariana Pérez y el representante de la sociedad provincial Prodetur en la citada sociedad municipal.

LOS EXALCALDES

En concreto, para el exalcalde socialista José Juan López, condenado en 2009 por un delito contra la ordenación del territorio y en 2014 por un delito continuado contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación urbanística; solicitaban 15 años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona y, "con carácter necesario y accesorio, para ejercer la actividad empresarial y para tener intervención directa administrativa o económica en sociedades mercantiles durante un periodo".

Además, se solicita para él la "perdida de cualquier derecho que pudiera nacer a su favor con carácter sobrevenido contra la masa activa del Grupo Burguillos Natural" y que pague "personalmente a los acreedores concursales de forma solidaria con las demás personas que hayan incurrido en responsabilidad concursal, la cantidad que aquellos no perciban en la liquidación de la masa activa del Grupo concursado".

Para Mariana Pérez y al que fuese representante de Prodetur en Burguillos Natural, los administradores concursales reclamaban ocho años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona y, con carácter necesario y accesorio, para ejercer la actividad empresarial y para tener intervención directa administrativa o económica en sociedades mercantiles, así como la "perdida de los derechos que como acreedores concursales tuvieran reconocidos a su favor en la lista definitiva de acreedores".

Al Ayuntamiento de Burguillos, por su papel en esta sociedad municipal, los administradores concursales pedían que se le condene a "pagar personalmente a los acreedores concursales de forma solidaria con las demás personas que hayan incurrido en responsabilidad concursal, la cantidad que aquellos no perciban en la liquidación de la masa activa del grupo concursado".

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