El Poder Judicial es contrario a la libertad vigilada para criminales reincidentes

  • Considera que esta práctica tiene "difícil justificación".
  • Daría problemas con el tercer grado o la libertad condicional, dice.
  • La medida está en el anteproyecto de reforma del Código Penal.

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado un informe "muy crítico" sobre el anteproyecto de reforma del Código Penal, en el que considera que la libertad vigilada de hasta 20 años prevista para violadores, pederastas y terroristas reincidentes tiene "difícil justificación".

Así lo ha anunciado la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, tras la reunión del Pleno en la que se ha ratificado ese informe, preceptivo pero no vinculante, aprobado la semana pasada por la Comisión de Estudios del Consejo y que cuestiona buena parte del anteproyecto del Gobierno.

Según Bravo, aunque en el derecho comparado se contempla la posibilidad de la libertad vigilada, esa medida es de "difícil justificación" en nuestro sistema, y su aplicación presenta muchas dificultades para conciliarla con el régimen de tercer grado penitenciario o con la libertad condicional.

Dilatación temporal

El informe argumenta que esta medida establece un sistema restrictivo de derechos y critica que se base como presupuesto en una responsabilidad dilatada en el tiempo, ya que la libertad vigilada se aplicaría a los delincuentes reincidentes una vez cumplida la pena.

Otra de las críticas del informe se refiere al tratamiento previsto para los delitos contra la libertad sexual, la prostitución y la corrupción de menores, en los que se prevé un aumento de las condenas, las cuales según el CGPJ no son acordes con el principio de proporcionalidad.

En concreto, se cuestiona que la violación de un menor de 13 años se castigue con penas de entre doce y quince años de prisión y el homicidio de un menor de 13 años, con entre diez y quince años de cárcel.

Además, el Poder Judicial propone que los delitos penales se consideren supuestos agravados cuando afecten a menores de 13 años, incluida esa edad.

Delitos de terrorismo

El CGPJ sí es favorable sobre la "imprescriptibilidad" de los delitos de terrorismo, ya que entiende que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, es una opción de política criminal por la que puede optar el legislador.

El CGPJ también censura la ampliación del plazo de prescripción para delitos contra la Hacienda Pública que se contempla en la reforma del Ejecutivo, ya que considera que no es una medida proporcionada con la entidad de los delitos.

Para la portavoz del Consejo "aumentar el plazo de prescripción perjudicaría al sistema económico de nuestro país porque a las empresas las dejaríamos en un limbo de inseguridad jurídica".

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