Según el Fiscal, el procesado mantuvo una relación sentimental análoga a la conyugal con otra mujer, y ambos tuvieron una hija, nacida en 2000. Dos años más tarde, la pareja se rompió y la hija común pasó a vivir con su madre.
En abril de 2014, la niña, que ya tenía 14 años, decidió vivir con su padre en Cabrales.
El Ministerio Fiscal sostiene que, entre las 00,30 horas y la una de la madrugada del día 21 de febrero de 2015, el procesado entró en la habitación de la joven y se metió en la cama de su hija, que estaba dormida, e intentó bajarle la ropa interior. La joven se despertó y le dio con el codo para evitar que la tocara. Entonces, el procesado se masturbó en su presencia. La madre de la chica formuló denuncia por estos hechos el 5 de marzo de 2015.
La Fiscalía considera que los hechos relatados son constitutivos de un delito de abuso sexual y solicita que se condene al procesado a 3 años de prisión y la prohibición de aproximación a menos de 500 metros de la joven, su domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro que sea frecuentado por ella, y de comunicación por cualquier medio con ella, todo durante 5 años, y la medida de seguridad de libertad vigilada durante 5 años.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la chica con 10.000 euros por el daño moral sufrido, más los intereses legales correspondientes.
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