Libertad vigilada para 2 menores por golpear y grabar con el móvil a una compañera

  • La Audiencia de Valencia confirma la sentencia inicial.
  • Insultaron, acosaron y vejaron a la víctima, según el juez.
  • La menor vivía "acobardada" tras ser grabada.
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Detalle de un móvil.
Detalle de un móvil.
MILKA SEKULIC
Detalle de un móvil.

La Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la condena a dos menores que golpearon, amenazaron y grabaron con un teléfono móvil a una compañera de clase en un instituto de Educación Secundaria de la comarca valenciana de la Ribera.

La sección quinta de la Audiencia resuelve de esta forma desestimar los recursos de las menores y confirmar la sentencia del juez, que establecía una pena de 18 meses de libertad vigilada y la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la víctima para una de ellas por un delito contra la integridad moral. Igualmente, condena a la otra estudiante a seis meses de libertad vigilada y a no poder acercarse a la menor acosada a menos 100 metros como responsable de una falta de amenazas.

Los hechos sucedieron en el curso 2006-2007 y se iniciaron cuando las adolescentes comenzaron "de forma sistemática y premeditada" a dirigirse a la víctima con insultos, a manchar su ropa y a vejar su material escolar.

Ante tal situación, y por consejo de sus padres, esta menor se sentaba en las primeras filas de la clase para estar cerca del profesor, lo que aprovechaban sus dos compañeras de aula para simular que tiraban un papel a la papelera, pasar cerca de la chica y golpearle en la cabeza.

Los incidentes fueron aumentando hasta que una de las condenadas llegó a propinar un bofetón a la chica y la amenazó con golpearla de nuevo si informaba al jefe de estudios del centro. Unos días después de este suceso, la menor fue fotografiada y grabada con un teléfono móvil con intenciones vejatorias.

Todos estos hechos intimidatorios motivaron que la alumna "tuviera miedo de acudir al instituto por encontrarse en el espacio del centro a merced de los abusos orquestados por las menores", reconoce la sentencia que ahora confirma la Audiencia.

"Desfachatez" en la declaración

La víctima llegó al punto de "vivir acobardada ante la crueldad de las recurrentes, que (...) se hicieron notar por un comportamiento indigno en grado sumo, tanto que ha sido preciso tipificar semejantes desmanes que buscan someter a esclavitud moral a un semejante". Incluso, según se recoge en la sentencia, un informe escolar determinó, por las investigaciones realizadas, que los hechos eran ciertos aunque no se decidió la expulsión de las menores al estar el curso acabado y ya sin matrícula.

Asimismo, sostiene que no puede descalificarse ni la intensidad de la amenaza ni la del daño causado a la víctima, lo que debe retribuirse "con unas medidas educativas que, con toda urgencia" precisan las menores condenadas y que "no parece, desgraciadamente, que ni el medio familiar ni el educativo se las han procurado hasta el presente, a tenor de la desfachatez que usan en sus declaraciones en juicio".

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