Hablamos de una subvención que se incluye en un programa para rehabilitar los bloques de viviendas de Andalucía, aunque no todos los inmuebles se podrán acoger a la convocatoria ni servirá para cualquier tipo de obra.
Criterios de admisión
Antigüedad: El inmueble debe tener más de diez años.
Que al menos el 80% se destine a viviendas: Excluyendo la superficie de la planta baja y los bajos.
Límite de ingresos de los propietarios: La mitad de las familias que constituyan la comunidad no podrán ganar anualmente más de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En 2005 este límite es de 16.443 euros.
Presupuesto máximo: El importe de las obras no podrá ser mayor de 10.000 euros por cada vivienda o local participante en los costes de las mismas o 14.000 si los trabajos afectan a la estructura.
Reformas admitidas
Goteras de lluvia y humedad en zonas comunes: Cualquier actuación sobre la estanqueidad del bloque.
Agua, gas, electricidad: También instalaciones de saneamiento.
Rampas para minusválidos: Eliminación de barreras arquitectónicas.
Ascensores: Renovación, mejora o instalación de estos en edificios con, al menos, tres plantas más la baja.
Prioridad a poblaciones grandes
Las comunidades de propietarios situadas en capitales y en las áreas metropolitanas tendrán preferencia respecto a otros núcleos a la hora de beneficiarse de las subvenciones. También serán prioritarios los pueblos con más de 20.000 habitantes y los del Campo de Gibraltar. Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre en la gerencia provincial de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.
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