La sentencia, hecha pública hoy, también condena al procesado a pagar una indemnización de 23.000 euros a la víctima y le prohíbe aproximarse a ella a una distancia inferior a los 500 metros durante ocho años.El juez considera hechos probados que, durante la noche del 6 de diciembre de 2007, el acusado, B.A.R.R., venezolano de 31 años, acudió al domicilio que había compartido con su pareja hasta el final de la relación sentimental, que había terminado cuatro días antes, para recoger sus efectos
El hombre tocó el timbre, a pesar de que aún poseía una llave, y, tras abrirle la puerta la mujer, accedió al interior de la vivienda, donde estuvieron hablando durante una hora y media.
Transcurrido ese tiempo, el acusado se marchó de la casa, a la que regresó luego cuando su ex pareja ya estaba durmiendo.
El procesado accedió al domicilio con su propia llave y entró en el dormitorio de la mujer, a la que le pidió que mantuvieran relaciones sexuales.
La víctima se negó a esa petición, pero permitió al acusado que durmiera en el sofá de la vivienda.
Sin embargo, a los pocos minutos el procesado volvió a entrar al dormitorio con la misma intención de antes y, al recibir una segunda negativa de la mujer, se fue a la cocina, cogió un cuchillo de 22 centímetros de hoja y se abalanzó sobre la víctima, clavándoselo en el cuello.
En ese momento se produjo un forcejeo entre ambos y el acusado perdió el cuchillo, por lo que cogió la almohada de la cama y trató de asfixiar a la mujer, aunque finalmente desistió de su propósito al escuchar las súplicas de la víctima, quien logró escapar del domicilio y avisar a la Policía.
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