Le obligan a que arranque una palmera y un nisperero que molestaban al vecino

  • El vecino demandante considera que está muy próximo a su muro.
  • Como la palmera no llevaba 20 años plantada, hay que quitarla.
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La Audiencia Provincial de Murcia ha obligado en una sentencia al propietario de una finca ubicada en San Pedro del Pinatar a arrancar una palmera y un nisperero por no guardar la distancia mínima respecto a la propiedad colindante.

El acuerdo de la Sala revoca una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 3 de San Javier, que no estimó la demanda presentada por A.S. contra C.S.

La demandante solicitó al Juzgado que obligara a su vecino a levantar dichos árboles al considerar que estaban muy próximos al muro de su vivienda y que no respetaban la distancia mínima de dos metros impuesta por el Código Civil.

Sus pretensiones han prosperado ahora ante la Audiencia Provincial de Murcia, que condena al demandado "a retirar la palmera y el nisperero existente en su finca a dos metros de distancia de la línea divisoria de ambas propiedades, con expresa condena en costas".

Para llegar a esta conclusión, el tribunal hizo un detenido estudio sobre la antigüedad de la palmera y llegó al convencimiento de que la misma no estaba plantada los veinte años exigidos para que el demandado hubiera podido adquirir la servidumbre que ahora habría evitado tener que arrancarla.

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