El Vaticano sí permite al apóstata cambiar su libro de bautismo, pero la Justicia se opone

  • La Iglesia entiende que "el bautismo es una unión permanente".
  • Responde a una orden del Papa Benedicto XVI en marzo de 2006.
  • El proceso de rectificación dura entre seis meses y más de dos años.
Pese a la norma dictada por El Vaticano), Madrid y Valencia se han negado reiteradamente a realizar estos cambios.
Pese a la norma dictada por El Vaticano), Madrid y Valencia se han negado reiteradamente a realizar estos cambios.
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Pese a la norma dictada por El Vaticano), Madrid y Valencia se han negado reiteradamente a realizar estos cambios.

"Defectio ab Ecclesia catholica actu formali", de esta forma, aparentemente tan sencilla, la Iglesia católica marca en sus libros bautismales a todos aquellos "católicos" que quieren apostatar (dejar de pertenecer a la Iglesia). Lo de "católicos" va porque, pese a que consigas rectificar las actas, la Iglesia entiende que "el bautismo es una unión permanente que no se pierde con motivo de ningún acto".

Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende que "los libros de bautismo no pueden ser considerados ficheros", porque no están sujetos a la legislación en materia de protección de datos, ya que "son una pura acumulación de datos... que no están ordenados alfabéticamente... y comportan una difícil búsqueda", según una reciente sentencia.

Los libros del bautismo son una pura acumulación de datos

El Papa Benedicto XVI  ordenó a toda la Iglesia católica el pasado 13 de marzo de 2006 que se pudieran hacer estas anotaciones en los libros de bautismo. Eso sí, para llegar a conseguir la rectificación es necesario un proceso que dura entre seis meses y más de dos años.

Pese a la norma dictada por la Santa Sede (El Vaticano), los arzobispados de Madrid y Valencia se han negado reiteradamente a realizar estos cambios.

"Entendemos que los libros sacramentales son documentos históricos que sólo pueden ser modificados por vía canónica no por vía civil a través de la Agencia Española de Protección de Datos", explicaron a 20 minutos fuentes del Arzobispado de Valencia.

"Pura acumulación de datos"

A estas negativas hay que sumarle la sentencia dictada por el Tribunal Supremo avalando la decisión del arzobispo de Valencia de no modificar los libros bautismales.

El fallo del Supremo, del pasado miércoles, anuló la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEOD) de 2006 y la sentencia de la Audiencia Nacional, que obligaba al Arzobispado de Valencia a anotar en el libro de bautismo de un ciudadano su petición de cancelar su instrucción en la Iglesia.

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