El TSJC avala la regulación singular de las terrazas de la Rambla del Poblenou ordenada por Colau

  • La sentencia condena a los restauradores a pagar 3.000 euros de costes procesales.
Terrazas en la Rambla del Poblenou de Barcelona
Terrazas en la Rambla del Poblenou de Barcelona
EUROPA PRESS - Archivo
Terrazas en la Rambla del Poblenou de Barcelona

La sección tercera de la sala contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación Restauración y Comercio Menor de la Rambla del Poblenou (Arcoram) contra la Ordenación singular de terrazas de este ámbito de 2016.

La sentencia, emitida el 30 de diciembre, condena a los restauradores a pagar 3.000 euros de costes procesales, y dice que "nada impide una regulación más restrictiva", por lo que descarta que el distrito de Sant Martí se extralimitara en sus funciones por la ordenación singular de las terrazas en la rambla del Poblenou, según publica 'Tot Barcelona' este martes.

Los tres magistrados tampoco ven ninguna prueba de "arbitrariedad, incongruencia o falta de justificación" en la limitación, y valida que se use el aforo para determinar la ocupación de la calle, en considerar que es un elemento esencial en otorgarse licencia, aunque la sentencia no es firme y no será la única, ya que el Gremio de Restauración de Barcelona también interpuso recurso.

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