Absuelven a un hombre al que su exmujer y la Fiscalía acusaron de violar a su hija

  • La Audiencia de Sevilla considera que no hay pruebas y que el testimonio de la menor fue "dubitativo y con escasa credibilidad".
  • Las psicólogas que entrevistaron a la familia detallaron que la madre "tiene comportamientos de tipo histriónico".
Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla
Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla.
EUROPA PRESS
Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre acusado de violar a su hija y para quien la Fiscalía y su exmujer solicitaron once y quince años de cárcel, respectivamente, al considerar el tribunal que no hay pruebas y que el testimonio de la menor fue "dubitativo y con escasa credibilidad".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Tercera recuerda que A.C.G.S. llegó al juicio con una orden de alejamiento en vigor desde el 8 de julio de 2015 después de que su expareja, la madre de la niña, lo denunciase en octubre de 2014.

La Fiscalía acusó al hombre de un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal sobre una menor de 16 años, por lo que pidió 11 años de prisión, la pérdida de la patria potestad, la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la niña o comunicarse con ella durante 15 años y el pago de una indemnización de 15.000 euros.

La exmujer, por su parte, lo acusó de agresión sexual y reclamó 15 años de cárcel, así como una indemnización de 25.000 euros.

El tribunal no considera probado que A.C.G.S. "aprovechara diversas ocasiones" en las que se quedó a solas con su hija, "en fechas no debidamente concretadas" del primer semestre de 2013, para "tocarla con la finalidad de excitarse" o "ejecutar otras conductas" de índole sexual.

La Sala alcanza esa conclusión "al tener importantes y racionales dudas" sobre los hechos y considerar que las pruebas practicadas durante el juicio, celebrado entre septiembre y octubre de este año, "carecen de entidad acreditativa suficiente".

"Cuando la declaración de la víctima sea la única prueba de cargo, como ocurre en el presente caso, es necesario realizar una cuidada y prudente valoración de su credibilidad", explica el ponente.

"En ningún caso puede aceptarse que el carácter especialmente odioso y repugnante de los hechos denunciados determine una degradación (...) de la presunción de inocencia", añade.

El acusado, que está separado de su exmujer desde junio de 2014, negó la acusación durante el juicio, mientras que la menor "se mostró dubitativa en ocasiones y mencionó agresiones a la madre y al hermano que ni siquiera fueron referidas" por su progenitora, explica la Sección Tercera.

"El testimonio de la menor no puede ser suficiente" para condenar al padre "porque no resulta creíble y a ello se han referido los técnicos que la han explorado", cuyo dictamen "acrecienta y afianza la duda sobre los hechos denunciados" al establecer que "su relato no se sostiene", prosigue la Sala.

La madre relató en la vista oral que la convivencia con su esposo había terminado después de que la niña contase a una vecina lo que presuntamente le hacía su padre, a lo que añadió que este la había "amenazado" cuando le preguntó si era verdad, de ahí que tardase varios meses en presentar la denuncia.

Las psicólogas que entrevistaron a la familia, por su parte, detallaron que la madre "tiene comportamientos de tipo histriónico", mientras que en el padre "no se aprecian síntomas psicóticos". 

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