Absuelta tras no compartir con su cuñada un premio de seis millones de € de la ONCE

  • El juez reconoce que tenían un pacto, pero "difuso y aleatorio".
  • Ambas tenían el número afortunado, pero la acusada se quedó con el que tenía premio a la serie.
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Una mujer ha sido absuelta del delito de apropiación indebida que le imputó su cuñada tras cobrar seis millones de euros de premio de un cupón del sorteo de la ONCE que, según la denunciante, debería haber compartido por el "pacto" de intercambio semanal de boletos que tenían.

Según explica la setencia, la acusada, C.R.S., y su cuñada regentaban sendos bares en la localidad de

Albuixech en los que vendían cupones de la ONCE. Ambas tenían acordado
intercambiarse cada viernes un boleto del número que cada una de ellas vendía, el cual solían
señalar con el nombre de la destinataria, al igual que hacían con otros clientes fijos de los bares. De esta forma, lo intercambiaban "
materialmente" cada viernes antes del sorteo, "o ni siquiera llegaban a esta distribución material, limitándose a facilitar el número jugado, o simplemente su terminación".

El 23 de septiembre de 2005, el número que vendía la acusada resultó
agraciado con el mayor premio (35.000 euros), pero además, el que se había quedado ella obtuvo el
premio extraordinario de seis millones de euros al número de serie, el 97 concretamente. Al día siguiente, su cuñada recibió uno de los boletos premiados, que llevaba la palabra "tía" escrita para distinguirlo. Ésta sospechó de que la acusada había hecho un reparto "interesado" después del sorteo para quedarse con el del premio extraordinario, y la denunció por apropiación indebida solicitando una pena de
cuatro años de prisión, imputación que no fue compartida por el Ministerio Fiscal.

La acusación pretendía la condena "sobre la existencia de un pacto" entre las dos
cuñadas de compartir el premio extraordinario de los cupones intercambiados, pero "la cosa es tan quimérica que ni siquiera la acusación ha sido capaz de definir los términos de ese pacto con claridad aceptable", estima el fallo. El tribunal dice que "resulta increíble la existencia de un pacto tan
difuso y
aleatorio por la absoluta irregularidad jurídica que entraña", y por ello cree que "sólo existe en la manifestación interesada" de la acusación particular.

Diferentes testigos confirmaron la existencia de un
acuerdo, pero únicamente de intercambio de cupones, "sin mayores
precisiones".

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